ERP/A.Abad. Limitaciones e incompetencia funcional. Municipalidad Provincial de Talara debe aprobar en forma prioritaria su Plan Regulador de Rutas para poder otorgar autorizaciones para la prestación del servicio de transporte de personas cualquiera que sea su modalidad.
Con fecha 26 de enero del año en curso, la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se ha dirigido al gobierno municipal de Talara, a través del oficio N° 308-2016, a través del cual se remite el Informe N° 015-2016-MTC/15.01 (P/D 220213) que hace observaciones y recomienda implementar el Reglamento del Servicio Público de Personas Urbano e Interurbano en la modalidad de taxi colectivo, categoría M1 de la provincia de Talara.
En ese sentido, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha concluido que la Ordenanza Municipal N° 023-11-2014-MPT que reglamenta del Servicio Público de Personas Urbano e Interurbano en la modalidad de taxi colectivo, categoría M1 de la provincia de Talara, distorsiona el concepto de auto colectivo en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RENAT), asignando al servicio de auto colectivo una nomenclatura y una categoría que no le corresponde, toda vez que el servicio de auto colectivo se presta con vehículos de la categoría M2 y el servicio de taxis con vehículos de la categoría M1, ambos sin rutas predeterminadas.
Agrega que la citada ordenanza establece reglas relacionadas al servicio de transporte público regular de personas de ámbito provincial al servicio de transporte especial de personas, distorsiona y contraviene el RENAT y crea confunción legal al aplicar una disposición para el transporte especial al transporte regular, creando a su vez una categoría que no está regulada en el RENAT.
Finalmente, y de conformidad con la Sétima Disposición Complementaria Final del RENAT la Municipalidad Provincial de Talara debe aprobar en forma prioritaria su Plan Regulador de Rutas para poder otorgar autorizaciones para la prestación del servicio de transporte de personas cualquiera que sea su modalidad.
TENGA EN CUENTA…
La consulta fue hecha, a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, por la empresa JPRECAD SRL sobre la legalidad de la Ordenanza Municipal N° 023-11-2014-MPT que reglamenta del Servicio Público de Personas Urbano e Interurbano en la modalidad de taxi colectivo, categoría M1, emitida por la Municipalidad Provincia de Talara.
Al respecto, el representante de la empresa solicitante, José Pedro Cruz López, sostiene que hoy más que nunca los transportistas de Talara deben estar unidos y exigir al alcalde instale la Comisión Consultiva para dar cumplimiento con este informe del MTC.