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COFOPRI indica que 42 515 lotes de diversas regiones no cumplen requisitos para acceder al título de propiedad

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ERP. Estar ubicado en zonas de riesgo no mitigable, sobre la faja marginal de los ríos, en zonas de peligro por inundación y no contar con el plazo de antigüedad, son algunas de las principales razones para que 42 515 lotes urbanos no puedan ser considerados para continuar con el proceso de formalización de la propiedad, según estudio del diagnóstico de la informalidad realizado por Cofopri en el 2023.

El estudio incluyó 1214 posesiones informales de 130 distritos de las regiones de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Pasco, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Cusco, Huánuco, Junín, Loreto, Lima y Piura, y se ejecutó con la finalidad de determinar la cantidad de asentamientos humanos, centros poblados o similares pendientes de formalización.

En ese marco, Cofopri reportó que, las posesiones informales donde se ubican un aproximado de 61 682 lotes urbanos obtuvieron un resultado positivo para ser incorporados al proceso de formalización que ejecuta la entidad, por cumplir, de manera preliminar, los requisitos básicos para ser formalizados.

“En el último trimestre del 2023, hemos realizado el estudio del diagnóstico de la informalidad en 14 departamentos, este estudio nos permite obtener información relevante sobre cuántos pueblos son factibles de ser incorporados en el proceso de formalización de la propiedad para la generación de títulos de propiedad”, indicó Manuel Montes Boza, Director Ejecutivo de Cofopri.

Al respecto, señaló que el estudio nos permite contar con información actualizada sobre la cantidad y ubicación de las posesiones informales que constituyen la brecha de la informalidad predial existente en 130 distritos que abarco el estudio.

Requisitos para ser considerado para la formalización

Cofopri detalló que, entre los requisitos mínimos indispensables para ser considerado como posesión informal factible de ser incluido en el proceso de formalización que ejecuta la entidad, están:

  • Contar con una antigüedad de posesión anterior al 31 de diciembre de 2015.
  • No estar ubicados en zonas de riesgo no mitigable.
  • No ocupar zonas reservadas o protegidas.
  • No tener un proceso judicial en trámite.
Diario El Regional de Piura
 

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