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Jue, Nov

Jurado Nacional de Elecciones debatirá si excongresistas pueden postular

Política
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ERP. Pretendía que sean los Jurados Electorales Especiales los que resuelvan, pero por pedido expreso el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debatirá este lunes 11 de noviembre si los excongresistas del Parlamento disuelto pueden postular en las Elecciones Congresales Extraordinarias del 26 de enero de 2020, ante una consulta formulada por el titular del Jurado Electoral Especial de Ica (JEE-Ica).

Actualmente, varios de los congresistas que fueron disueltos se encuentran en las nóminas de candidatos para las próximas elecciones, entre los más conocidos se encuentran Mauricio Mulder del Apra, Rosa Bartra y Yeni Vilcatoma, quienes dejarán Fuerza Popular para postular por Solidaridad Nacional, aunque totalmente desconocido también se encuentra el piurano Mártires Lizana. 

Para algunos analistas, estiman que los congresistas si pueden postuilar, considerando que se trata para el mismo periodo de gestión; para otros se encuentra prohibido al ser un nuevo proceso. Es lo que tendrá que dilucidar el máximo ente electoral. 

La solicitud, según informa el JNE, fue realizada al amparo del artículo 5, literal p, de la Ley Orgánica del JNE y será resuelta a la brevedad posible por el supremo tribunal electoral que se encuentra analizando el pedido.

El JEE de Ica, que preside José Luis Herrera Ramos, hizo ayer la consulta al inicio de sus funciones como órgano de primera instancia en materia de justicia electoral.

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En el oficio remitido al JNE se presenta como materia de consulta: “¿Los ex integrantes del Congreso disuelto se encuentran prohibidos de postular al Congreso en el proceso electoral en curso, cuya votación se realizará el 26 de enero del 2020?”.

Se indica que la consulta se formula en virtud de la incorporación del artículo 90-A de la Constitución Política que prohíbe la reelección inmediata de los congresistas de la República, y además porque la ciudadanía viene expresando sus dudas y preocupaciones con relación a la aplicación de dicha norma constitucional en los comicios de enero próximo.

Cabe precisar que el JNE, en respuesta a la consulta hecha por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), expresó que los JEE están facultados para realizar consultas genéricas en el ámbito de su función jurisdiccional, conforme lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica del JNE.

Diario El Regional de Piura
 

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