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Jue, Dic

Trabajadores de la Contraloría presentarán declaraciones juradas

Política
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ERP. Por primera vez en su historia, todos los funcionarios y servidores públicos de la Contraloría General de la República y de todo el Sistema Nacional de Control (SNC), presentarán declaraciones juradas para la gestión de conflicto de intereses, a fin de prevenir que actividades, relaciones o situaciones personales, familiares, laborales, económicas y/o financieras pudieran afectar su independencia y objetividad en la labor fiscalizadora.

Esto busca evitar o gestionar oportunamente, de ser el caso, algún conflicto de interés, atendiendo a la necesidad de resguardar los valores de integridad, transparencia, independencia y objetividad en el ejercicio de las actividades o funciones.

Así se oficializó con la directiva “Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses”, publicada en el diario oficial El Peruano, que estipula que dichas declaraciones se componen de dos secciones: Declaración Jurada de no tener Conflicto de Intereses y Declaración Jurada de Intereses.

contraloria local

Esta acción pone al Sistema Nacional de Control peruano, integrado actualmente por cerca de 3,700 personas, a nivel de las buenas prácticas establecidas en las entidades fiscalizadoras superiores más desarrolladas, donde la presentación de las mencionadas declaraciones juradas es considerada esencial para evitar o identificar posibles amenazas que afecten la transparencia y legalidad de sus operaciones.

Obligatorio

De acuerdo a la directiva, estarán obligados a presentar las declaraciones juradas los funcionarios y servidores públicos del SNC, independientemente del cargo, nivel jerárquico o función que desarrollen, los que podrán hacer la declaración por medio de un aplicativo informático o llenando unos formatos físicos. Estas declaraciones juradas se harán al inicio del vínculo laboral, al año, y al producirse el cese del vínculo o contrato.

Cabe señalar que algunos de los contenidos de las declaraciones juradas tendrán carácter público y otros confidenciales. La información será materia de fiscalización selectiva por parte de la Subgerencia de Fiscalización Patrimonial o la unidad orgánica que haga sus veces, de la CGR.

Innovación

Esta medida innovadora y de profunda importancia a nivel del sector público peruano se fundamenta en las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI), entre ellas las ISSAI 21 sobre Principios de Transparencia y Responsabilidad – Principios y Buenas Prácticas, en cuyo Principio 4 señala que las Entidades Fiscalizadoras Superiores evitan conflictos de intereses y corrupción internos, y garantizan la transparencia y la legalidad de sus propias operaciones.

Del mismo modo, se sustenta, entre otras normas, en la Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública, que exige a los funcionarios y servidores públicos actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, encontrándose prohibidos de mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento y deberes de las funciones a su cargo.

 

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