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Mar, Nov

Reforma del Consejo del Sistema de Justicia

Edhin Campos Barranzuela
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ERP. (Dr. Edhín Campos Barranzuela1). Es necesario dar solución inmediata a esta crisis que ha pasado con el apartamiento del Presidente del Tribunal Constitucional y la propuesta que otra autoridad presida el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, pues urge implementar una verdadera política pública de justicia, que le cambie el rostro y todo el cuerpo a la dama de justicia.

Bastante preocupación, ha causado en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional, el apartamiento del Tribunal Constitucional en el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.

Tribunal Constitucional, decidió retirarseTribunal Constitucional, decidió retirarse del sistema de reforma de justicia

El pleno acordó por unanimidad de sus siete miembros no participar, por cuanto conforme lo dispone el artículo 201 de la Constitución Política, que establece la autonomía de esta institución pública descentralizada, encargada del control de la Constitución.

Con este apartamiento, se ha generado todo un problema, aunado a la fallida elección de la Comisión Especial de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, en donde también el Tribunal Constitucional es parte.

Mediante Ley 30942, se creó el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, con la finalidad de impulsar la refundición del sistema de justicia, mediante la formulación de los criterios para la elaboración de la política nacional y la coordinación para la ejecución de políticas públicas de justicia.

Además, se propone realizar un seguimiento, control, implementación y ejecución de los respectivos procesos de reforma en todo el sistema de justicia.

Este nuevo Consejo, está conformado por el Presidente de la República, el Presidente de Congreso, el Presidente del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Presidente de la Junta Nacional de Justicia, el Contralor General de la República y el Defensor del Pueblo respectivamente.

Por lo pronto, el Presidente del TC. Dr. Ernesto Blume, ha oficializado la presentación, ante la Oficialía Mayor del Congreso de la República, la derogación del Art. 2, inciso e) y el Art. 6, inc g) de la Ley 30942, que crea el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.

Se precisa, que ante una eventual situación, podría colocar al Tribunal Constitucional, en la penosa circunstancia de haber participado en la elaboración de políticas públicas, de las que derivarían las normas objeto de cuestionamiento, lo que pondría en cuestión la imparcialidad que corresponde al Tribunal, al administrar justicia constitucional de su competencia.

De otro lado, y no menos importante el Presidente del Poder Judicial Dr. José Luis Lecaros, ha lamentado que el Presidente de la República Martín Vizcarra Cornejo, presida el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, pues ha precisado que la ley establece que se elige a quién preside el Consejo y se ha elegido al Presidente de la República y ha dejado entrever que sea otra autoridad la que presida dicha nueva institución, a fin de darle mayor autonomía.

Entre tanto, debemos indicar que este Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia. contará con un Consejo Técnico, para la ejecución de sus acuerdos y serán los propios representantes de las instituciones que conforman el sistema de justicia.

Dentro, de las funciones de esta nueva entidad judicial, será la de impulsar la reforma judicial, realizar seguimiento, control y además formular criterios de evaluación para la elaboración de la política nacional de reforma del sistema de justicia.

Entretanto se reglamenta la ley y se reúnen todos sus participantes y le dan solución al apartamiento del Presidente del Tribunal Constitucional y al parecer a la elección de un nuevo Presidente, es necesario generar debate para que exista una agenda judicial, que marque la pauta para que se implementen algunas reformas dentro del aparato de impartición de justicia.

Por lo que el Ministerio de Justicia, hace un buen tiempo, hizo llegar una serie de sugerencias como agenda, para el mejoramiento de la impartición de justicia en el Perú.

La interesante propuesta, fue recogida tiempo atrás por el maestro Nelson Ramírez en su cuenta de facebook y por ser de interés, nos permitimos difundirla y realizar algunas precisiones.

Se propone, poner término a la provisionalidad, reformar el recurso de casación, cambiar el sistema de elección del Presidente del Poder Judicial, prohibición de viajes e intervención en actos institucionales a los magistrados provisionales, durante la hora del despacho judicial, pues su labor específica es bajar la carga procesal.

De la misma forma se plantea la prohibición de recibir o participar en reconocimientos u homenajes a funcionarios públicos y la obligación de atender al abogado, aún cuando ya haya habido informe oral en la causa que defiende, si han pasado dos meses sin que se resuelva su recurso.

Asimismo, se plantea la prohibición de atender fuera del horario de atención al público y en lugar distinto a la Sala u órgano judicial al que pertenece el magistrado y también se propone sanción inmediata al magistrado que retrasa la expedición de una sentencia por falta de su firma o por la no emisión de su voto individual y también se propone la prohibición de convocar como jueces provisionales a quienes no tienen mérito suficiente y sin motivación que lo justifique.

Una propuesta bastante interesante también del Ministerio de Justicia, está relacionada con la prohibición a los Presidente del Cortes Superiores de Justicia, de conformar Colegiados, sin respetar la antigüedad y la especialidad de sus integrantes de su distrito.

Muchas veces suele pasar, que un Presidente de Corte que ha ganado las elecciones y que un determinado magistrado no ha votado por él y no conforma su grupo, se toman represalias y lo envían a una Sala alejada de la capital del Distrito y sobretodo lo ponen en una Sala Superior en donde no es especialista, es decir si es penalista, lo ponen en laboral y si es civilista lo ponen en una Sala Penal, esta situación debe desaparecer.

La sanción al magistrado que no se abstiene de intervenir en una causa en la que está impedido, como por ejemplo, cuando un hijo suyo practica en el estudio que patrocina la causa que va a resolver y también horario de atención al público unificado en todos los niveles del sistema.

Asimismo, se propone prohibir el uso de teléfonos celulares durante las horas de despacho judicial, para evitar la venta de información y además se plantea la prohibición de declarar nulidades procesales, cuando lo que corresponde es la revocación.

Estas propuestas realizadas pueden ser viables o no en la presente coyuntura, sin embargo permite plantear algunas consideraciones, que pueden ser materia de implementación por el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.

Por lo pronto, las propuestas son bastante interesantes y esperamos se genere un debate público en diferentes foros académicos y posteriormente sean mejoradas y acogidas por las autoridades respectivas y así se optimice la impartición de justicia en el Perú.

Finalmente, es necesario dar solución inmediata a esta crisis, que ha pasado con el apartamiento del Presidente del Tribunal Constitucional y la propuesta que otra autoridad presida el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, pues urge implementar una verdadera política pública de justicia, que le cambie el rostro y todo el cuerpo a la dama de justicia. Se corre traslado.

Diario El Regional de Piura
 

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