La Fiscalía acreditó irregularidades en la contratación de servicios de mantenimiento de caminos vecinales en 2020. Según la acusación, se habría pactado el pago de sobornos del 10 % del valor referencial de cada servicio para favorecer a una empresa.
ERP. El exalcalde de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, Baldomero Marchena Tacure, fue condenado a seis años de pena privativa de la libertad efectiva por el delito de colusión agravada en agravio del Estado, en la primera sentencia condenatoria obtenida en este caso por la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Sullana, a cargo del juez Godofredo Álvarez Flores. Según la información del Ministerio Público, con los descuentos por el tiempo de carcelería cumplido en este caso, la pena se extenderá hasta el 1 de octubre de 2031.
El fallo también alcanza a otros exfuncionarios y contratistas involucrados en las irregularidades detectadas durante el proceso de selección para contratar servicios de mantenimiento periódico y rutinario de caminos vecinales de la provincia de Ayabaca, en 2020.
Fiscalía acreditó concertación ilegal
La investigación estuvo a cargo del primer despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Sullana. Durante seis meses de juicio oral, el fiscal adjunto provincial Jorge Ortiz Purizaca sustentó la acusación y presentó elementos probatorios sobre las irregularidades en el procedimiento especial RES-PROC-1-2020-MPA-CS-1.
Según la Fiscalía, Marchena Tacure concertó ilegalmente con los exintegrantes del comité de selección municipal Raúl Abelardo Reyes Palacios, Cristian Eduardo Merino Samamé y Rolando Alejandro Arrieta para favorecer a la empresa Transportes y Negocios Generales Reyna del Cisne EIRL, representada por Alcides Merino Aniceto.
La acusación fiscal sostuvo que los implicados sostuvieron una reunión clandestina en la que acordaron el pago de presuntos sobornos equivalentes al 10 % del valor referencial de cada servicio, destinados al exalcalde y a los integrantes del comité de selección.
Como resultado del proceso, el 3 de agosto de 2020, la empresa habría sido favorecida con 19 de los 52 servicios convocados: ocho de manera individual y once mediante consorcio.
Incorporaron requisitos para favorecer a una empresa
De acuerdo con la investigación fiscal, para direccionar las adjudicaciones se incorporaron dos requisitos que no estaban contemplados en las bases estándar del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), conforme a la Directiva n.° 007-2020.
Los requisitos observados fueron una declaración jurada de responsabilidad del contratista y un informe de Control de Seguridad, Medio Ambiente y Salud Ocupacional (CSMS) firmado por profesionales.
Según la Fiscalía, estas exigencias habrían tenido como finalidad excluir a competidores y favorecer a la empresa involucrada en la presunta concertación ilegal.
Para sustentar su acusación, el representante del Ministerio Público articuló declaraciones de colaboradores eficaces, corroboradas con pruebas documentales, periciales, testimoniales y digitales.
La sentencia constituye un resultado judicial en un caso relacionado con la contratación pública y el presunto direccionamiento de servicios financiados con recursos del Estado en la provincia de Ayabaca.
Diario El Regional de Piura

