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Dom, Nov

Cuestionan transgresión del Reglamento de las Contrataciones del Estado en Municipalidad de Talara

Talara
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Pariñas/Talara (ERP). Más irregularidades. Los funcionarios de la MPT ya han desembolsado irregularmente S/ 811 Mil 100 que correspondería a un adelanto directo, según la consulta amigable al portal Transparencia Económica del MEF, por la obra que actualmente se viene ejecutando en el AH San Pedro y que se encuentra en un estado irregular al no tener supervisión.

Consultados algunos conocedores de las Contrataciones del Estado, indican que el gobierno del alcalde José Bolo Bancayán ha trasgredido el artículo 152° del Reglamento de Contrataciones, pues no hay el supervisor que la Ley exige, ya que el proceso de selección para su contratación se retrotrajo, ante las observaciones del OSCE.

Municipalidad transgrede

La MPT debió suspender el trámite de la solicitud y entrega del adelanto directo (S/ 811 Mil 100) hasta que se cumpla con notificar quién será el supervisor de la obra; sin embargo, a pesar de ello, los funcionarios encabezados por el gerente municipal y el alcalde, otorgaron el adelanto directo y posiblemente de materiales, lo que demostraría la existencia de una presunta colusión y conflicto de intereses entre funcionarios y contratista.

También precisan que los responsables de emitir el informe técnico son la subgerencia de Infraestructura y la gerencia de Desarrollo Territorial, quienes además de haber informado a la entidad (MPT) y al contratista (Consorcio Ingeniería I) de diferir el inicio del plazo contractual, debieron también suspender la solicitud y pago del adelanto directo al contratista.

Remarcan que se ha atentado contra lo establecido en el literal a) del artículo 16 de la ley 30518, Ley del Presupuesto General de la República para el Año Fiscal 2017 que señala “...cuando el valor referencial de una obra es igual o mayor a 4 Millones 300 Mil Soles, se debe obligatoriamente contratar la supervisión y control de obras”.

Vale acotar que el Art. 152° del Reglamento de Contrataciones señala que el inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente que 1) la Entidad (MPT) notifique al contratista (Consorcio Ingeniería 1) quién es el inspector o supervisor, 2) que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecuta la obra; entre otros numerales, entre otros, que deben ser cumplidos dentro de los 15 días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimientos de las otras condiciones.

 

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