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Fri, Jan

Las ODPE de Piura contabilizan actas resueltas por los respectivos Jurados Electorales Especiales

Piura
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ERP. Las tres Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) de Piura, tras remitir la totalidad de las actas observadas de las elecciones del 10 de abril último a los respectivos Jurados Electorales Especiales (JEE), viene recibiendo y aplicando las resoluciones emitidas por dicho organismo, a fin de obtener la contabilización total de los votos de esta circunscripción electoral.

Tras la jornada electoral en Piura, las ODPE Piura 1, Piura 2 y Sullana enviaron un total de 1866 actas a los JEE respectivos para su resolución y posterior contabilización, debido a que las mismas presentaron inconsistencias durante el proceso de validación en los sistema de cómputo de cada ODPE.

De las 1866 actas enviadas a los JEE respectivos según jurisdicción, hasta la 10:00 a.m. de hoy miércoles 20 de abril, los JEE correspondientes habían remitido a las ODPE un total 690 respuestas resolutorias.

Se estima que en las próximas horas, los JEE estén completando la remisión de resoluciones acerca de las actas observadas, a fin de que cada ODPE pueda proceder a la contabilización del 100% de las actas.

El envío de las actas observadas de parte de las ODPE a los JEE se inició la mañana del día lunes 11 de abril y ya ha culminado, tanto para la elección a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, Congreso, así como Parlamento Andino.

De acuerdo al Reglamento de Procedimiento Aplicable a las Actas Observadas, del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el JEE resuelve en forma inmediata las observaciones formuladas al acta electoral y las notificará a través de su publicación en el panel.

Una vez que los JEE resuelvan las actas observadas –como lo vienen haciendo-, estas pueden ser apeladas, dentro del plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación, ante el JNE, que resolverá en última instancia, en un plazo no mayor de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de recibido el expediente de apelación.

 

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