ERP. En un pronunciamiento público, la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales vienen cuestionando la Ley Nº 31125 por contravenir la Constitución Política del Perú al afectar competencias que les corresponde a estas entidades.” Solicitamos derogar el numeral 4-7 del artículo 4 (…)” precisan zanjando su posición respecto a una norma que declara en emergencia el Sistema Nacional de Salud.
El numeral cuestionado se refiere a lo siguiente “4.7. En un estado de excepción producto de pandemias, el Ministerio de Salud asume la conducción administrativa de las direcciones regionales de salud, gerencias regionales de salud o las que hagan sus veces y de las sanidades de las fuerzas armadas y policiales, respecto del cumplimiento de la política de salud, normas y actos administrativos y la gestión de los servicios de salud de su competencia. La responsabilidad administrativa y la vigencia de la designación son durante la situación de la pandemia, atribución de la autoridad nacional de salud”.
📢🚨📝Los gobernadores regionales, miembros de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), ante la emisión de la Ley 31125 el 19 de febrero 2021, expresamos a la opinión pública lo siguiente: ⤵️@canalN_ @atvmasnoticias @RPPNoticias @exitosape @larepublica_pe pic.twitter.com/lSBiDCB8ZL
— Gobiernos Regionales (@ANGRPERU) February 20, 2021
En los momentos más críticos de la pandemia y ante la respuesta tardía de los gobiernos regionales frente a la crisis, hubo pedidos en ese sentido, considerando que el nivel central podría ser más eficiente para resolver los problemas sanitarios; sin embargo, se respetó la autonomía administrativa, económica y política y con todas las dificultades los gobiernos regionales reaccionaron y actuaron para paliar la crisis sanitaria.
“Pedimos a los poderes del Estado, especialmente al Congreso, el Ministerio Público y el Poder Judicial, a no distraer la atención de los gobiernos regionales, con sendas decisiones contrarias a la Constitución y el derecho, en tanto nuestros esfuerzos hoy están orientados a enfrentar la pandemia junto al personal de primera línea y generar mecanismos para que la vacuna llegue rápidamente a toda la ciudadanía” expresan respecto a una norma que estaría afectando no solo la Constitución Política del Perú, sino igualmente las normas que regulan el proceso de descentralización.