ERP. Con 100 votos a favor, 4 en contra y 18 abstenciones, el Pleno aprobó el dictamen del proyecto de ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los gobiernos regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), a fin de contribuir al fortalecimiento de los ingresos y del financiamiento de las inversiones públicas de los gobiernos regionales.
La iniciativa propone la incorporación de recursos al FONCOR gradualmente y se aplica a partir del año fiscal 2022; y se agregan progresivamente, es decir, que para el 2022 el porcentaje aplicable será 1 %; para el 2023, 1.5%, y para el 2024, el 2 %.
Posteriormente, el dictamen fue exonerado de segunda votación con 88 votos a favor, 28 en contra y ocho abstenciones, con lo que quedó expedito para ser enviado al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.
El dictamen plantea que las transferencias del FONCOR tienen carácter redistribuido y su finalidad es financiar las inversiones a cargo de los gobiernos regionales en el marco de la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
“Los recursos al ser transferidos se registran en la fuente de financiamiento de recursos determinados, y se incorporan en los presupuestos institucionales de los gobiernos regionales de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Pública”.
Respecto a la constitución del Fondo de Compensación Regional, a que alude el numeral 5 del artículo 193 de la Constitución Política del Perú, se constituye con los siguientes recursos: el rendimiento del 2 % de las operaciones afectadas al Impuesto General a las Ventas (IGV) y otros recursos, con mandato legal expreso.
#PlenoVirtual I Se sustenta el PL 1180, y otros, que proponen la ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los gobiernos regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR).
— Congreso del Perú (@congresoperu) October 22, 2020
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El dictamen plantea que el FONCOR se distribuye proporcionalmente entre los gobiernos regionales de acuerdo a los índices de distribución que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante resolución ministerial, sobre la base de criterios de equidad y compensación que se determinen en el reglamento, los cuales incluyen población, necesidades básicas insatisfechas, extensión territorial, población rural, ejecución de gastos de inversión, ubicación fronteriza, recursos provenientes de la explotación de recursos naturales y rentas de aduanas.
También, los gobiernos regionales modifican su presupuesto institucional correspondiente al año fiscal 2021, por los montos del concepto de Fondo de Compensación Regional (Foncor) que en la fase de Programación Multianual Presupuestaria 2021-2023 les fueron informados por la Dirección General del Presupuesto Público, de la fuente de financiamiento de recursos ordinarios a la fuente de financiamiento recursos determinados.
Al sustentar la propuesta, el presidente de la Comisión de Presupuesto, Humberto Acuña Peralta (APP), indicó que esta es fundamental para el desarrollo del país y que sería el inicio de la descentralización fiscal del país.
“Esta propuesta no afecta el equilibrio fiscal, porque lo que se está haciendo es una redistribución de recursos tomando del total del IGV, tal como se hizo con el Foncomun que es de un 2 %, que disminuye los recursos para inversión que todos los años se concentra en los sectores del Gobierno nacional y que durante la ejecución del presupuesto público se transfiere a los gobiernos regionales, tal como se ha demostrado anteriormente”, expresó.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Descentralización, Grimaldo Vásquez Tan (SP), señaló que los gobiernos regionales y locales deben priorizar en la ejecución de sus presupuestos participativos los proyectos referidos a la construcción, equipamiento y mantenimiento de infraestructura de establecimiento de salud, así como saneamiento de agua y desagüe.
“Esta propuesta legislativa busca aliviar la situación financiera por la cual vienen atravesando los diferentes gobiernos regionales y locales”, sostuvo.
Los parlamentarios César Combina Salvatierra (APP) y Miguel Aguilar Zamora (AP) se mostraron a favor de la propuesta y coincidieron en el desarrollo de una política pública de descentralización pasa por dar autonomía en el uso de sus recursos a los gobiernos regionales para que se encargue de disminuir las brechas sociales derivadas de la paridad territorial en el acceso de bienes y servicios públicos.
La misma opinión tuvieron el primer y segundo vicepresidente del Congreso, Luis Valdez Farías (APP) y Guillermo Aliaga Pajares (SP), respectivamente, quienes señalaron que el dictamen va a favorecer a los gobiernos regionales y hacer que puedan usar esos recursos para infraestructura y servicios de saneamientos y proyectos de ejecución
Previamente, el Pleno rechazó con 55 votos en contra, 54 votos a favor y 17 abstenciones una cuestión previa planteada por la congresista Cecilia García Rodríguez (PP), para que el dictamen regrese a comisión para un mejor análisis y debate.
Rectificación
Antes, el Pleno aprobó, por mayoría, la rectificación de un error material en el texto aprobado del Proyecto de Ley 6133/2020-CR, que modifica el artículo 5 del Decreto Urgencia 016-2019, Decreto Urgencia para el Endeudamiento el Sector Público para el Año Fiscal 2020, el cual fue aprobado en la sesión del 19 de octubre 2020.
El pedido fue a través de un oficio del presidente de la Comisión de Presupuesto, Humberto Acuña Peralta (APP).
La siguiente rectificación de texto es la siguiente: “Inaplicación de prohibición para otorgamiento de garantía del gobierno nacional, excepcionalmente, no resulta aplicable lo dispuesto en el párrafo 29.2 del artículo 29 del Decreto Legislativo 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, en el otorgamiento de garantías del Estado para las adendas de los contratos de concesión en las alianzas público-privadas que conlleven cambios tecnológicas financiados por el concesionario y previo informe favorable de Proinversion y de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público que establezca la conveniencia de dichos cambios tecnológicos”.