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Lun, Dic

Defensoría del Pueblo en contra de pena de muerte por violación de menores

Lima
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ERP. Frente a las recientes propuestas para restituir la pena de muerte para los delitos de violación de menores, el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, expresó que la iniciativa no solo obligaría a modificar la Constitución, pues el artículo 140° señala que esta pena solo puede imponerse por el delito de traición a la patria en caso de guerra y de terrorismo, sino que también habría que denunciar (retiro) la Convención Americana de Derechos Humanos, pues los países que han abolido o limitado la pena de muerte no la pueden restituir.

Sin dejar de considerar el sentimiento ciudadano frente a los numerosos casos de violación y la necesidad de que las autoridades tomen medidas para enfrentar estos hechos, el titular de la Defensoría del Pueblo recordó que en el caso peruano, la Constitución Política de 1979 restringió la pena de muerte al delito de traición a la patria. En consecuencia, el Estado peruano se encuentra impedido de ampliar la pena de muerte a otros supuestos.

Su titular precisó que nuestro retiro de la Convención en ningún caso se daría de manera inmediata, y que su implementación tomaría cuando menos un año. Asimismo, recordó que en 1994 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Opinión Consultiva OC-14/94, en la cual señaló que el Perú no podía ampliar los supuestos de pena de muerte.

Remarcó que un retiro de la Convención nos dejaría fuera del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, debido a que no es posible denunciar solo un artículo de la misma. Con ello, se dejaría en una posición de grave vulnerabilidad otros derechos como la integridad, la libertad de expresión, la propiedad, entre otros.

Finalmente, precisó que de acuerdo a la experiencia internacional, este tipo de iniciativas no contribuyen a la reducción de estos delitos, y que, por el contrario, su verdadero combate pasa por la no impunidad y la efectiva imposición de severas sanciones penales.

 

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