ERP. Desde el 2020 hasta el 2023, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), autoridad central del Sistema de Inspección del Trabajo, ha realizado un total de 5059 inspecciones en materia de hostigamiento sexual laboral a nivel nacional. Solo en lo que va del 2023, se han recibido 230 denuncias por este tipo de conductas violentas que atentan contra los derechos fundamentales de las personas afectadas.
Para prevenir estos casos, en ese mismo periodo, la Sunafil realizó 709 actividades de orientación para promover el cumplimiento de la norma en beneficio de 23 285 trabajadores y 1160 empresas.
De acuerdo con el Sistema Informático de Inspección del Trabajo (SIIT), las cuatro regiones que más se han inspeccionado en los últimos tres años son Lima Metropolitana (2827), La Libertad (318), Lambayeque (264) y Arequipa (237). Asimismo, las principales regiones con trabajadores asistidos técnicamente son Áncash (54), Cusco (14), Lambayeque (07) y Lima Provincia (02).
El hostigamiento sexual es una forma de violencia que se configura a través de una conducta de naturaleza o connotación sexual o sexista no deseada por la persona contra la que se dirige, que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante. A diferencia del acoso sexual, el hostigamiento sexual se produce en espacios institucionales como un centro laboral o educativo y está regulado por la Ley N.o 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.o 014-2019-MIMP.
¿Cómo denunciar un caso de hostigamiento sexual?
En el marco de competencia de la Sunafil, en el ámbito del régimen laboral de la actividad privada, el trabajador o la trabajadora que sea víctima de hostigamiento sexual puede denunciar de manera verbal o escrita ante el área de recursos humanos de la empresa, proporcionando los datos del presunto hostigador (nombre, cargo, función, etc.) y brindando una descripción de los hechos; además, puede presentar la denuncia ante la Sunafil a fin de iniciar una investigación de los hechos. Recuerde que todo despido o no renovación de contrato de trabajo que esté vinculado a la presentación de su queja será declarado nulo, ya que, por el contrario, el empleador debe brindar las medidas de protección a la víctima.
Si desea acceder a más información sobre el hostigamiento sexual laboral, puede comunicarse con la Sunafil a través de nuestra central telefónica (01) 390-2800 opción 1, la línea gratuita 0800-16872 del MTPE, el aplicativo “Sunafil Responde” o visitando el portal www.gob.pe/sunafil.