ERP. El juez del Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Sullana Jorge Andrés Nole Socola, ordenó 36 meses de prisión preventiva contra el alcalde provincial de Ayabaca, Baldomero Marchena Tacure, y su padre y burgomaestre distrital de Lagunas, Humberto Marchena Villegas y otros 6 imputados.
Tras 17 días que duró la audiencia de prisión preventiva, el magistrado Nole Sócola encontró graves y fundados elementos de convicción que vinculan a los imputados en la comisión de los delitos de Colusión Agravada, y Organización Criminal, en agravio del Estado.
El juez declaró fundado en parte el requerimiento fiscal y dispuso mandato de prisión preventiva por considerarla idónea y necesaria a los imputados Humberto Marchena Villegas, Bianca Nonajulca Ávila, Cristian Eduardo Merino Samamé en calidad de presuntos autores del delito de organización criminal y colusión agravada en agravio del Estado.
Asimismo, mandato de detención en contra de Baldomero Marchena Tacure, en calidad de presunto autor del delito de asociación criminal e inductor del delito de colusión agravada en agravio del Estado; así como contra Ángel Miguel Sandoval Ojeda, Carlos Alberto Flores Paz, José Palacios Aguilar y Nélida Niño Rivera en calidad de presuntos autores del delito de organización criminal y cómplices del delito de colusión agravada.
Mientras que Teresa Rivera Calle, Mirian Consuelo Rivera Malacatos y Guillermo Valle Tocto, serán investigados con mandato de comparecencia restringida, debiendo pagar una caución.
El magistrado considera que existe un cúmulo de elementos de convicción e indicios que vincularían a Baldomero Marchena y su padre Humberto Marchena como los presuntos líderes o cabecillas de la organización criminal el “Clan Marchena”, que administraban incluso un grupo de WhatsApp para dirigir sus actividades.
Detención domiciliaria
El juez desestimó el pedido de detención domiciliaria para Humberto Marchena de 70 años de edad, por cuanto si bien presentó un certificado médico donde indica padece de Diabetes Mellitus y malestar general incluso con dificultad para caminar, no presenta una grave incapacidad física permanente, tal como señala el artículo 290° del Código Penal
En la formalización de la investigación preparatoria se establece que el primer acto de corrupción se registró el 16 de mayo del 2012, cuando en ese entonces ocupaba la alcaldía provincial de Ayabaca Humberto Marchena Villegas.
El magistrado considera que existe peligro procesal, por cuanto, a pesar de ser autoridades locales, su mandato termina el 2022, existiendo el riesgo de fuga y obstaculización de la justicia ya que como presuntos cabecillas podrían influir en los otros imputados (sus funcionarios); además de haber quebrantado los principios de probidad, transparencia y lealtad, al igual que los funcionarios investigados como servidores públicos.
La medida coercitiva se dispone también por la complejidad del proceso y porque se trata de un concurso de delito y el desarrollo una gran cantidad de indicios, peritajes y otros que deberán ser investigados..