ERP. Se ha realizado la convocatoria a nuevo concurso público de méritos para jueces y fiscales a nivel nacional, el primero que corresponde a la Junta Nacional de Justicia, desde su creación. Analizamos en el presente los alcances de la misma para el fortalecimiento de la administración de justicia del país.
Por. Dr. Edhín Campos Barranzuela
1.- Introducción.-
Beneplácito ha causado en la comunidad jurídica, académica y ante la opinión pública, las recientes declaraciones de la presidenta de la Junta Nacional de Justicia Inés Tello de Ñecco, mediante el cual ha precisado que esta semana debe convocarse al primer concurso público de selección y mérito para jueces y fiscales a nivel nacional1 .
2.- Desarrollo del tema.-
En efecto, la convocatoria se realizará en virtud de la publicación del Decreto de Urgencia 103-20212 que posibilita llevar adelante el concurso público y se exonera a la JNJ de una autorización previa del Ministerio de Economía.
De la misma forma, este nuevo marco normativo exceptúa al Poder Judicial y al Ministerio Público de las limitaciones en la Ley de Presupuesto del sector Público 310843 para el presente año fiscal del 2021.
También, se ha precisado que para este año, solo se puede convocar a concurso público 60 plazas de nombramiento en el Poder Judicial y 129 en el Ministerio Público, pese a que existen 1268 plazas ocupadas actualmente por jueces supernumerarios y además 4434 plazas a cargo de fiscales provisionales.
Asimismo, semanas atrás la presidenta de la JNJ Inés Tello durante la presentación ante la Comisión de Justicia del Congreso, ha expresado su preocupación por la provisionalidad de jueces y fiscales e indicó que uno de los problemas radica en la Ley de Presupuesto 2021 que condiciona el nombramiento a informes técnicos presupuestales del Poder Judicial, la Fiscalía y el Ministerio de Economía.
Además ha indicado que la JNJ podría cubrir hasta el año 2025 con el nombramiento del 70% de las plazas ocupadas por magistrados provisionales, en concordancia con la asignación de los recursos presupuestales.
Es importante precisar, que dentro de este contexto el pasado 31 de agosto se publicó en el Diario Oficial El Peruano, las resoluciones Nro. 524 – 2021- JNJ y 525 – 2021 - JNJ, mediante el cual se modifican los reglamentos de concurso público de selección y nombramiento de jueces y fiscales de ascenso y de acceso abierto4 .
En efecto, ambas resoluciones aprobadas por esta institución de justicia, se realiza después de la reunión que sostuviera la presidenta del Poder Judicial Dra. Elvia Barrios Alvarado con los integrantes de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de la Junta Nacional de Justicia.
Es importante precisar, que la mencionada cita se realizó en un contexto, mediante el cual hacía poco más de cinco meses, se habían publicado los dos Reglamentos Nro. 046 y 047-2021-JNJ5 , para el acceso de selección y nombramiento de jueces y fiscales titulares de todos los niveles, así como también el reglamento de ascenso.
Ahora se trata de la modificatoria de ambos reglamentos, con la finalidad de reformar la tabla de puntajes para la evaluación curricular de los postulantes.
3.- Etapas del concurso público.-
Según se ha establecido, el procedimiento de selección se realizará por etapas y son las siguientes:
- Evaluación de conocimientos – 25% del total de la calificación
- Evaluación curricular – 20% del total de la calificación
- Estudio de caso – 25% del total de la calificación
- Entrevista personal – 30% del total de la calificación
De la misma forma, para el desarrollo de las etapas se considera, la calificación en cada una de ellas, son con un máximo de 100 puntos y además todas son de carácter eliminatorias. Asimismo, como novedad debemos indicar que el postulante debe obtener como puntaje mínimo aprobatorio: 66.66% y ya no los 70.00 puntos como lo mencionaba el reglamento anterior.
La etapa de la evaluación de conocimientos, tiene por finalidad evaluar las competencias jurídicas del postulante que acrediten su solvencia académica para desempeñar el cargo y tiene además como objetivo ampliar la verificación de la actividad formativa y por ende la acreditación de la solvencia profesional del candidato para poder desempeñar el cargo al que postula, se ha considerado la calificación de cursos de especialización y diplomados en derecho dictados por entidades nacionales e internacionales.
4.- Calificación curricular.-
Asimismo, con la finalidad de ampliar la verificación de la actividad formativa y por ende la acreditación de la solvencia profesional del candidato para poder desempeñar el cargo al que postula y se califican cursos de especialización y diplomados en derecho, realizados por universidades reconocidas conforme a ley, por la Academia de la Magistratura, colegios de abogados, organismos públicos y los realizados en el extranjero por instituciones análogas, siempre que cuenten con las certificaciones del consulado peruano del país donde se realizaron dichos estudios y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, que tengan una duración mínima de sesenta 60 horas, nota aprobatoria y una antigüedad no mayor a siete 07 años a la fecha de publicación de la convocatoria.
Dentro de las novedades de los reglamentos, se precisa el de la formación académica en el Programa de Habilitación e inducción, debe tener énfasis en formación ética judicial y fiscal, liderazgo, gestión moderna del despacho judicial de interpretación, argumentación jurídica, así como también en casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, derechos humanos e interculturalidad relacionada con las mujeres e integrantes del grupo familiar en aplicación de lo dispuesto en el artículo 60º numeral 16 del Texto Único Ordenado de la Ley 303646 , de acuerdo con el nivel de la plaza, a cargo de la Academia de la Magistratura.
Otro aspecto importante que establece el reglamento, está relacionado con la formación académica respecto a los grados de maestro y doctor en derecho y u otras disciplinas, las mismas que se validarán siempre y cuando se hayan expedido por universidades públicas o privadas debidamente licenciadas por Sunedu
Respecto a las publicaciones, los trabajos se acreditarán con el archivo digital, en formato Word; así como del contenido del ejemplar físico escaneado y de las partes pertinentes que permitan determinar que se trata de una revista indexada especializada y que cuenta con un comité editorial, o de un libro.
El ejemplar del libro debe contar con: cubierta, depósito legal, número de edición, editorial, introducción, índice y documentación que sustente un tiraje no menor de 500 ejemplares. Se admiten también libros virtuales con las mismas exigencias y que tengan un reconocimiento institucional y que estén bajo un enlace de dominio público
En tal sentido, se trata de dos reglamentos que tiene como propósito atender la demanda de cobertura de plazas vacantes, con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento del sistema nacional de justicia y además revertir la provisionalidad existente en la carrera judicial y fiscal.
5.- Materias que incluye el examen y perfil del Juez.-
De la misma forma, es importante precisar que en la nueva convocatoria del concurso público de méritos se tendrán en cuenta, que la nueva evaluación de conocimientos, se diferenciará según la institución, el nivel y la especialidad o sub especialidad de la plaza a la que se postulará y las materias comunes para las distintas especialidades de la carrera judicial y fiscal son:
- Derecho Constitucional.
- Derecho internacional de los Derechos Humanos.
- Teoría General del Derecho.
- Teoría General del Proceso.
- Argumentación Jurídica
- Derecho Civil
- Derecho Penal
- Derecho Administrativo
De acuerdo a la Ley de la Carrera Judicial Nro. 292777 , el perfil del Juez, está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, los jueces responderán de manera idónea a las demandas de justicia, en tal sentido las principales características de un Juez son:
- Formación jurídica sólida
- Capacidad para interpretar y razonar jurídicamente a partir de casos concretos.
- Aptitud para identificar los conflictos sociales bajo juzgamiento.
- Conocimiento de la organización y manejo del despacho judicial
- Independencia y autonomía en el ejercicio de la función y defensa del Estado de Derecho.
- Conocimiento de la realidad nacional y prácticas culturales del lugar donde desempeña su función.
- Propensión al perfeccionamiento del sistema de justicia, y
- Trayectoria personal éticamente irreprochable
6.- A modo de conclusión.-
Finalmente, es importante precisar que con la convocatoria a este nuevo concurso público de selección de méritos, se permitirá evaluar las competencias jurídicas del postulante que acrediten su solvencia académica y moral para desempeñar el cargo. De la misma forma con el mensaje de la modificación de los dos reglamentos, se permite dar a conocer que en los próximos días, se convocaría a concurso, por lo que a partir de la fecha se inicia el partido para acceder a la carrera pública fiscal y judicial.
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- Nota de prensa publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 12 de noviembre del 2012. www.editoraperu.com.pe
- Decreto de Urgencia 103-2021 que establece medidas extraordinarias, en materia de recursos humanos.
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Ley del Presupuesto del Sector Público - 2021
- Resoluciones Nro. 524 – 2021- JNJ y 525 – 2021 - JNJ, mediante el cual se modifican los reglamentos de concurso público de selección y nombramiento de jueces y fiscales de ascenso y de acceso abierto.
- Resoluciones Administrativas de la Junta Nacional de Justicia Nro. 046 y 047-2021-JNJ
- Ley 30364 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
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Ley 29277 Ley de la Carrera Judicial