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La reforma del Sistema Nacional de Justicia por Dr. Edhín Campos Barranzuela

Edhin Campos Barranzuela
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ERP. (Edhin Campos Barranzuela) Mucha preocupación y rechazo viene causando ante la comunidad jurídica nacional, la reciente presentación pública del Proyecto de Ley de Reforma de los artículos 155 y 156 de la Constitución Política del Estado, de conformación y requisitos para ser miembro del Consejo Nacional de la Magistratura.

En efecto este Proyecto de Ley fue uno de los cinco que presentó el Presidente de la República en su novísimo mensaje a la nación, este 28 de julio y que ha causado mucha polémica dentro del propio Sistema Nacional de Justicia.

II.- DESAROLLO DEL TEMA.

Pues en esta reforma constitucional se plantea una nueva composición del Consejo Nacional de la Magistratura y ya no serán 7 sus miembros, sino 5 y estos serán elegidos de manera completamente diferente a lo que establece nuestra carta política.

En tal sentido el Primer Mandatario propone que uno de sus miembros sea elegido por el Poder Ejecutivo, otro por el Poder Legislativo, el tercero por la Corte Suprema entre sus magistrados en actividad y además jubilados, el cuarto por el Ministerio Público, entre los Fiscales Supremos en actividad y otro que tenga la condición de jubilado y el último conforme a ley, sin precisar su nombramiento.

A partir de allí, han comenzado a surgir diferentes comentarios y oposiciones, entre otras razones, porque el proyecto pretende copar una de las instituciones más importantes del Sistema Nacional de Justicia, que tiene la grave responsabilidad de nombrar, destituir y ratificar a todos los jueces y fiscales del país.

Además porque se comienza a politizar la justicia en el Perú y a partir de allí muchos magistrados que se encuentran en proceso de nombramiento, ascenso, ratificación y hasta en procesos disciplinarios, tendrán que comenzar a carnetizarse en los diferentes partidos políticos de turno, para asegurar la judicatura y en adelante tener un claro compromiso con la actividad política, que ciertamente es bastantante recusable.

Por tal razón su Presidente del CNM el Dr. Guido Aguila Grados, ha salido a decir tan pronto terminó el mensaje presidencial, que lo que pretende el Poder Ejecutivo, es politizar la justicia en el Perú y además están suspendiendo su participación en el Consejo Nacional por la Justicia, porque en ningún momento se trató al interior de ese foro institucional, la reforma del Consejo Nacional de la Magistratura.

A decir de muchos entendidos y magistrados, la labor que viene realizando el CNM durante estos dos últimos años, es bastante loable, toda vez que se está disminuyendo la provisionalidad de magistrados y la labor y el protagonismo que le ha dado su Presidente, es bastante aceptable por la comunidad jurídica nacional.

Es que a decir verdad el Poder Ejecutivo tendría práticamente el 40% de la composición política de sus miembros, si tenemos en cuenta que la cantidad de magistrados jubilados son mayoría en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, por tal razón se pretende controlar a uno de los más importantes órganos constitucionales y con ello produir un serio retroceso para la institucionalización y la preservación del Estado de Derecho.

Además no hay que perder de vista, que una de las funciones más importantes en la judicatura nacional, es la independencia de los jueces, sin la propia independencia y autonomía no hubiese sido posible codenar a un ex - Presidente de la República y declarar procedente el requerimiento de Prisión Preventiva a dos Ex – mandatarios.

La percepción que tenemos los peruanos de este Proyecto de Ley, es que no se quiere combatir la delincuencia al más alto nivel y se desea que los delitos de cuello blanco, sigan perteneciendo a la cifra oscura del delito, pues sin independencia y autonomía en la selección, nombramiento y ratificación de los señores magistrados no hay Estado Constitucional de Derecho. 

En tal sentido a decir del jurista José Luis Castillo Alva, este Proyecto de Ley presentado por el Poder Ejecutivo, viola el principio de independencia y autonomía para la designación, destitución y ratificación de los señores magistrados.

Además se pretede copar este órgano constitucional con jueces amigos y destituir a jueces y fiscales hostiles al gobierno de turno y asimismo se pretende concentrar el poder del Consejo Nacional de la Magistratura, sin la participación de la sociedad civil, representada por los colegios profesionales y las universidades.

III.- MODO DE CONCLUSION.

Finalmente corresponde alzar la voz de protesta, a fin de que no prospere este Proyecto de Ley que prácticamente involuciona todo lo ya avanzado en el Sistema Nacional de Justicia y además permite una gran impunidad para el crimen organizado.

Por tal razón urge que los principales representantes del Sistema Nacional de Justicia, como el propio Poder Judicial, Ministerio Público, Academia de la Magistratura, Ministerio de Justicia, etc, se pronuncien en defensa de la independencia del propio Consejo Nacional de la Magistratura y por ende en defensa y autonomía de los magistrados de la República. Se corre traslado.

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DR. EDHIN CAMPOS BARRANZUELA

Juez Superior Titular de la Sala Penal Nacional, Phd en Ciencias Legales por la Atlantic International University, Doctor en Derecho y Educación, Magíster en Ciencias Penales, Licenciado en Ciencias de la Educación, Licenciado en Comunicación Social y Docente Universitario.

 

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