Piura. Más de 650 alumnos de dos instituciones educativas de la provincia de Huancabamba se beneficiaron con la transferencia de madera aserrada para la fabricación de mobiliario escolar. Esto se produjo gracias al trabajo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), a través de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura – sede Huancabamba.
El responsable de la ATFFS Piura, Ing. Rafael Velásquez Campos, informó que en lo que va del año en Huancabamba se entregaron tablones de madera aserrada de las especies forestales romerillo y cedro a los colegios Pedro Potenciano Choquehuanca Ulpamache del distrito de Sondorillo y San Francisco de Asís de la ciudad de Huancabamba.
Explicó que las instituciones educativas albergan a 657 escolares del nivel secundario y que la madera transferida servirá para la confección de escritorios y sillas, así como para la construcción de un ambiente prefabricado. Precisó además que de esta manera contribuimos a mejorar las condiciones de aprendizaje de los estudiantes de esta alejada zona.
En el caso de la I.E. San Francisco de Asís, el producto forestal servirá, también, como insumo para las clases del curso Educación para el Trabajo. En este sentido el director, profesor Wismar Angulo Chávez, sustentó la existencia de un aula implementada con tornos, sierras y cepilladoras eléctricas para la enseñanza de carpintería y ebanistería.
Asimismo, Velásquez Campos, explicó que el producto forestal que se entrega a los colegios, comedores populares y comités de vasos de leche, procede de la labor de fiscalización y control que realiza la ATFFS Piura, oficina descentralizada del SERFOR.
“El producto forestal transferido es el resultado del control forestal que realizamos constantemente, de los decomisos que se hace en los operativos. La leña, el carbón o cualquier otro producto maderable o no maderable que se extrae, compra, venda o comercializa debe tener una autorización del SERFOR”; enfatizó.
Precisó que las transferencias se ejecutan de acuerdo a la normatividad legal vigente.
El artículo N° 213 del reglamento para la Gestión Forestal de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763, sobre el destino de los productos, subproductos o especímenes forestales decomisados, incautados o declarados en abandono, señala que procede la transferencia en el caso de necesidad pública por motivo de desastres naturales.
Dato
Cabe destacar que las instituciones beneficiadas con las transferencias asumen el compromiso de implementar viveros para la producción de plantones, así como a ejecutar tareas de reforestación en sus respectivas zonas.