ERP/A.Abad. Preocupantes negligencias e incumplimiento de la ley N° 29783 y su Reglamento, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Energy Services del Perú es una empresa que tiene un contrato con CNPC, la empresa china que opera el lote X ubicado en los distritos de El Alto y Los Órganos, que anteriormente fue explotado por Petrobras.
En diálogo con El Regional de Piura – Prensa Digital Talara, algunos trabajadores quienes pidieron reservar su identidad por temor a represalias, reconocieron que esta empresa que opera en el distrito de El Alto, tiene una política de trabajo bien definida; sin embargo -indican- que son sus funcionarios quienes las entienden mal.
En ese sentido, citaron a una empleada de apellidos Méndez Aguayo, quien confundiría sus funciones habiéndose ganado el desprecio de la mayoría del personal que allí trabaja.
Señalaron que el pasado viernes, uno de los trabajadores electricistas de apellido Namuche Inga, sufrió un profundo corte en un dedo cuando reparaba una luminaria especial del equipo de perforación.
“A nuestro compañero de trabajo se le dejó que sangrara de manera abundante y no fue llevado de inmediato a un centro médico, porque en esos momentos se encontraba personal de la empresa china CNPC supervisando las actividades de Energy Services… y por orden de Luisa Méndez y con la participación del jefe de seguridad de apellido Ramos habrían escondido al trabajador accidentado en un baño, esperando hasta que se vaya el personal de CNPC”, narraron nuestras fuentes informativas.
Agregaron que esto habría durado más de una hora, cuando recién fue llevado a la Clínica Belén de El Alto, donde le pusieron seis puntos, y lo más preocupante es que el hecho, que transgrede la Ley de Seguridad y Salud en Trabajo, no habría sido reportado como accidente.
Por otro lado, los trabajadores de Energy Services, recordaron que hace cuatro meses otro trabajador de apellido Veintimilla, sufrió un accidente en el campo de Olympic, perdiendo la falange de un dedo. Se le llevó a la Clínica Belén de Piura, y para el proceso de investigación y presumiblemente para evadir la multa que le debería poner Osinergmin, se habrían fraguado varios documentos con la presunta complicidad de Olympic.
“Actualmente, el trabajador continuaría en recuperación, pero antes le habrían ofrecido subirle el sueldo para que no demande a la empresa… todo esto con la presunta participación y complicidad de la Sra. Méndez”, acotaron los trabajadores.
PARA TENER EN CUENTA…
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783 y su Reglamento, promueve una cultura de prevención de riesgos laborales, sobre la base de la observancia del deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales.
La ley comprende incluso a todo aquel que, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable.
Los trabajadores de Energy Services estarían denunciando estos hechos que transgreden la Ley N° 29783, ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) solicitando la reserva de sus identidades para evitar represalias y sean expulsados de su trabajo.