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Lun, Dic

Conoce cómo solicitar la baja o suspender temporalmente tu servicio telefónico

Piura
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ERP. ¿Quieres cancelar tu servicio móvil o suspenderlo temporalmente? El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), a través de la Oficina Regional de Servicios en Piura, informó a los usuarios el paso a paso para presentar ese trámite ante las empresas operadoras.

El jefe de la oficina regional del OSIPTEL en Piura, Cristhian Dediós Ubillús, explicó que dar de baja a un servicio de telecomunicaciones es un derecho que tienen los usuarios para dar por terminado tu contrato con su empresa operadora, mientras que la suspensión temporal es la interrupción por un tiempo determinado, que puede ser de 15 días hasta dos meses por año de servicio.

“Las solicitudes de baja y de suspensión temporal del servicio no tienen costo. Las empresas tienen un plazo de hasta cinco días hábiles de presentada la solicitud por el usuario para ejecutarla. También, en ambos casos, se puede programar la fecha de baja o suspensión”, detalló el funcionario.

Además, Dediós señaló que los usuarios que cuenten con un contrato a plazo forzoso deberán pagar la penalidad que corresponda por dar de baja el servicio. “En el caso de la suspensión temporal de servicios sujetos a un plazo forzoso, el tiempo de permanencia exigido se prorrogará de manera automática por el período de suspensión solicitado. Por ejemplo, si tu plazo forzoso es de julio a diciembre de este año y solicitaste la suspensión temporal del servicio para todo agosto, el plazo forzoso acabaría un mes después, es decir, en enero del 2022”, indicó.

Por otro lado, el funcionario del OSIPTEL dijo que, si las empresas operadoras no cumplen con el pedido de baja de servicio o de la suspensión solicitada, los abonados deben presentar un reclamo por falta de ejecución de la solicitud ante la primera instancia que es la operadora. La empresa tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles para resolver y cinco días hábiles más para notificar la respuesta a los usuarios.

Además, agregó que los usuarios no deben realizar pago alguno si la baja de servicio no la efectuó la empresa operadora a pesar de la solicitud presentada. En el caso de registrarse esa situación ante un pedido de suspensión temporal del servicio, el consumidor solo abonará la parte proporcional de la tarifa o renta fija correspondiente hasta la fecha en que la empresa operadora debió efectuar la suspensión del servicio.

Diario El Regional de Piura
 

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