ERP. Las empresas de transporte terrestre de pasajeros están autorizadas para operar todos los viajes interprovinciales con el 100 % de aforo luego de que el Gobierno categorizara a todas las provincias del país con el nivel de alerta moderado ante el covid-19.
Así lo dispone el Decreto Supremo 163-2021-PCM que prorroga el estado de emergencia nacional debido a la pandemia por un plazo de 31 días y que precisa que todas las provincias del país presentan un nivel de alerta de contagio moderado frente al covid-19.
Al respecto, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) indicó que, de acuerdo con lo dispuesto por el Ejecutivo, la presentación de prueba molecular o antígeno con resultado negativo para covid-19 ya no será un requisito obligatorio para viajar mientras se mantenga el mencionado nivel de alerta moderado.
Sin embargo, la Sutran afirmó que el uso de doble mascarilla y protector facial durante toda la duración del viaje se mantiene como medida obligatoria para evitar la propagación del covid-19. Esta medida aplica tanto para los pasajeros como para la tripulación de los buses interprovinciales.
El organismo fiscalizador agregó que la implementación de cortinas divisorias de polietileno o material análogo entre los asientos de los pasajeros con el fin de garantizar el distanciamiento social, continúa siendo una de las principales medidas de bioseguridad en el transporte interprovincial.
Sostuvo que entre otras obligaciones sanitarias que las empresas de transporte deben implementar figuran la toma de temperatura a los pasajeros y vigilar que se guarde el distanciamiento físico dentro de las instalaciones de las agencias. También se mantiene la obligación de desinfectar los vehículos antes y después de cada servicio.
Por último, la Sutran exhortó a la población a acudir siempre a empresas de transporte formal a fin de evitar poner en riesgo su salud y la de sus familias.