Pariñas/Talara (ERP). Algunos vecinos han calificado de populista la medida tomada por el gobierno nacional que no ha considerado la baja eficiencia en el gasto del presupuesto para la ejecución de obras. Se trata de los montos aprobados para los gobiernos locales y que para muchos casos, implicará el incremento a lo que actualmente perciben como remuneración.
En ese sentido, este incremento de sueldos para los alcaldes a nivel nacional provocará en la población que ésta exija -con justo derecho- mejores resultados de gestión municipal”, ha dicho el político talareño Luis Alberto Gonzáles Carrasco.
“Los administrados (vecinos) exigirá mejores y más resultados ahora que los alcaldes tienen un sueldo mayor, Teniendo en cuenta la gestión del 2019, el aumento beneficia a buenos y malos alcaldes (algunos que no lo merecen). Ojala que este incentivo se vea reflejado en las ganas de trabajar por la población que los ha elegido”, remarcó Gonzales Carrasco.
Cabe recordar que en el 2007, durante el gobierno aprista de Alan García se aprobó el Decreto Supremo 025-2007-PCM, que establecía que los sueldos de los alcaldes distritales y provinciales se determinen de acuerdo al número de electores y para ello se establecieron 20 escalas. Ahora el Decreto Supremo fijó 10 escalas remunerativas.
Anteriormente la primera escala para localidades con una población electoral que superaba los 450 mil personas, el sueldo asignado era de S/11,050. Mientras que la última escala con unos 500 habitantes, el sueldo era de S/1,040.
Conozca los nuevos sueldos de los alcaldes
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 413-2019-EF, dispositivo legal publicado en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, las escalas salariales ahora son:
I. La primera escala incluye a aquellos distritos con una población electoral mayor a los 250,001 habitantes y el sueldo asignado será de S/13,260.
II. La segunda escala cuya población electoral varía entre 100,001 a 250,000 habitantes, el sueldo será de S/11,400.
III. La tercera escala cuya población electoral fluctúa entre 50,001 a 100,000 habitantes, el sueldo será de S/9,100.
IV. La cuarta escala con una población electoral entre 20,001 a 50,000 habitantes, el sueldo será de S/7,500.
V. La quinta escala con una población electoral entre 10,001 a 20,000 habitantes, el sueldo será de S/6,200.
VI. La sexta escala con una población electoral entre 5,001 a 10,000 habitantes, el sueldo será de S/5,300.
VII. La sétima escala con una población electoral entre 3,001 a 5,000 habitantes, el sueldo será de S/4,700.
VIII. La octava escala con una población electoral entre 1,501 a 3,000 habitantes, el sueldo será de S/4,100.
IX. La novena escala con una población electoral entre 751 a 1,500 habitantes, el sueldo será de S/3,300.
X. La décima escala con una población electoral entre 1 a 750 habitantes, el sueldo será de S/2,600.