ERP. En tanto la Sala Penal de Emergencia de Piura liberaba al presunto autor de los disparos que le causaron las lesiones en estómago y otros órganos; en Lima el suboficial Acnner Yonel Luzón Jiménez fallecía como consecuencia de las heridas. Sin embargo, la libertad habría sido dada por los resultados de la pericia que concluye que Yerson Domínguez Martínez no realizó los disparos.
En efecto, la Sala Penal de emergencia de Piura dispuso que el investigado Yerson Domínguez Martínez afronte con reglas de conducta el proceso judicial que se le sigue tras el confuso incidente donde resultó herido el agente policial Acnner Luzon Jiménez, al haberse demostrado en audiencia pública que no se cumple con los requisitos establecidos en el artículo N° 268 del Código Procesal Penal.
Para dictar mandato de comparecencia con restricciones los jueces superiores tomaron en cuenta que la pericia de absorción atómica RD N° 005/19 practicada a Domínguez Martínez, que fue realizada por personal policial (Perito Ingeniero Forense PNP), concluye: negativo para bario y antimonio, por lo que el investigado, según se desprende de dicha pericia, no habría sido quien disparó con arma de fuego, así como el acta de registro policial donde se informa que al momento de su detención no se le encontró arma alguna, razón por la cual no estaría vinculado al delito de homicidio calificado en grado de tentativa.
De esta manera, hasta este momento de la investigación, no se cumple con el primer requisito que establece el Código Procesal Penal para dictar la prisión preventiva, esto es: que existan graves y fundados elementos de convicción que vinculen al investigado con la comisión del delito de tentativa de homicidio calificado; y en cuanto al delito de hurto agravado, el agraviado Luis Alberto Navarro Lazo ha manifestado que el arrebato del celular fue sin utilizar arma de fuego.
De acuerdo a los argumentos de la Sala a Yerson Domínguez se le impuso una caución de 3 mil soles, además deberá concurrir cada 15 días al control biométrico del juzgado correspondiente, no variar de domicilio sin autorización previa del juez, además de concurrir a todas las diligencia que sea notificado tanto por el Ministerio Público como por el Poder Judicial.
Todas estas normas de conducta deben ser cumplidas y en caso no lo haga se le revocará la comparecencia restrictiva por prisión preventiva, previo requerimiento correspondiente.
Luzón Jiménez intervino tras un asalto ocurrido en el distrito Veintiséis de Octubre, consecuencia del tiroteo con presuntos delincuentes quedó herido de bala; su situación se le complicó y falleció hoy al no poder superar la infección generalizada por las lesiones causadas.
La decisión ha ocasionado crispación en varios ciudadanos, quienes estiman que no ha existido una valoración adecuada al caso, aunque la instancia judicial precisa que no se cumplen todos los supuestos para mantener la prisión preventiva.