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ONPE registra propaganda electoral de partidos que participarán en Elecciones Generales del 2016

Lima
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Lima. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene registrando a nivel nacional la publicidad y propaganda electoral de los partidos políticos con inscripción vigente, con la finalidad de contrastarla con los informes financieros que deberán presentar en su momento.

La verificación y control de la publicidad que está siendo utilizada por las organizaciones políticas a través de diversos medios, como es aquella que se encuentra instalada en la vía pública, es fundamental para dar mayor transparencia a los ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral.

La sustentación del origen de los aportes vinculados con los gastos en publicidad permitirá supervisar si las fuentes de financiamiento se encuentran de acuerdo a lo permitido por la Ley de Partidos Políticos (LPP).

Precisamente, los partidos deben presentar a la ONPE un informe de los aportes e ingresos que perciban entre el 01 de julio y el 31 de diciembre del presente año, en el cual deben detallar los datos de los aportantes, los montos recibidos, la fecha de aportación y el número de comprobante.

Cabe señalar que de acuerdo al artículo 40° de la Ley de Partidos Políticos, la publicidad contratada con fines electorales solo está permitida desde los 60 hasta los dos días previos a las Elecciones Generales, fijada para el 10 de abril del 2016.

Cronograma de rendición de cuentas

Una vez realizada la convocatoria a los comicios nacionales (el 12 de diciembre es el último día de plazo), la ONPE establecerá un cronograma bimestral de presentación de la información financiera de campaña para que los partidos detallen las aportaciones recibidas y los gastos efectuados durante la campaña electoral, de acuerdo a la LPP y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

Los documentos que sustentan los gastos realizados por publicidad con fines electorales deben especificar la cantidad de avisos contratados, precisando el nombre del medio de comunicación escrito, radial o televisivo o la dirección de Internet por la que se propalaron los avisos y, de ser el caso, el nombre de las agencias de publicidad utilizadas, y las tarifas cobradas.

La información financiera que proporcionen las organizaciones políticas será sometida a verificación y control por parte de la ONPE y será publicada en la página web del organismo electoral, a fin de transparentar ante la ciudadanía las cuentas de las organizaciones políticas.

 

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