ERP. Los ciudadanos venezolanos que deseen ingresar al Perú deberán presentar una visa y un pasaporte vigente, según una resolución de la Superintendencia Nacional de Migraciones publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano. La medida regirá a partir del 2 de julio del presente año.
Mediante la Resolución N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicada este jueves en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se busca reforzar el control migratorio, así como regular el ingreso de ciudadanos venezolanos al territorio nacional.
La norma, que deja sin efecto la Resolución Nº 000177-2019-MIGRACIONES de 12 de junio del 2019, establece que para la calidad migratoria temporal y calidad migratoria residente se requiere tener un pasaporte ordinario venezolano vigente, con al menos seis meses de antigüedad, además de una visa otorgada por una oficina consular peruana.
Para la calidad migratoria humanitaria, se debe presentar el pasaporte ordinario venezolano vigente y una visa humanitaria vigente otorgada por una oficina consular peruana.
También se admitirá por única vez la presentación de solicitudes de cambio de calidad migratoria a los venezolanos que cuenten con pasaportes vencidos, siempre que su último ingreso al país se hubiese efectuado antes de la vigencia de la presente resolución, y permanezcan en territorio nacional, debiendo cumplir con los demás requisitos y condiciones inherentes a cada procedimiento.
La presente norma entrará en vigencia a los cinco días calendario siguientes de su publicación en el diario oficial El Peruano, esto es, el próximo martes 2 de julio.
En la resolución también se recuerda que Venezuela se retiró de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y que se encuentra suspendida en el Mercado Común del Sur (Mercosur), por lo que no aplica el derecho de sus ciudadanos a transitar sin pasaporte y sin visa de turismo por los territorios comunitarios, incluido el Perú.