02
Sáb, Nov

El 3 de agosto vence plazo para publicación de fórmulas y listas admitidas en proceso de ERM2022

Política
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

ERP. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que el próximo 3 de agosto es la fecha límite para que los 93 Jurados Electorales Especiales (JEE) habilitados para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022) publiquen la totalidad de fórmulas y listas de candidatos admitidas a participar en dicho proceso electoral. Ello quiere decir, que deberán extremar celeridad para lograr cumplir con los plazos. 

Dicho plazo se encuentra fijado en el respectivo cronograma electoral aprobado por el Pleno del JNE, mediante Resolución N°0932-2021-JNE, en concordancia con la legislación vigente. Tal y conforme damos cuenta en otra nota, en el caso de la Región Piura, de las listas calificadas 2 han sido admitidas, 2 se han declarado improcedentes, en tanto que las restantes  vienen subsanando errores detectados. 

Las fórmulas y las listas de candidatos regionales admitidas deben ser publicadas en el portal electrónico institucional del JNE y en el panel del JEE que emite la resolución de admisión, según los reglamentos correspondientes.

Para el caso de la elección municipal, las nóminas deben publicarse también en la sede de la municipalidad a la cual postulan los candidatos. En ambos casos, la publicación es de responsabilidad del secretario del JEE, quien da cuenta de dichos actos.

La norma refiere que los secretarios generales de los gobiernos locales, o quienes hagan sus veces, tienen la obligación de efectuar las publicaciones en la sede de la respectiva municipalidad, inmediatamente después de ser notificados por el secretario del JEE, bajo responsabilidad.

Asimismo, la síntesis de la resolución que admite la lista debe ser publicada en el diario de mayor circulación de la circunscripción correspondiente, bajo responsabilidad del JEE, hasta 60 días calendario antes del día de la elección, es decir hasta el 3 de agosto.

Dicha modalidad de publicación, señala el reglamento, no será exigible en las circunscripciones en las cuales no circulen medios de comunicación escrita (periódicos o diarios). En tales casos, el secretario del JEE deberá dejar constancia en el expediente.

Tachas

A partir del día siguiente de su publicación, según la normativa electoral, cualquier ciudadano tiene un plazo de tres días para formular tachas contra toda la lista o contra uno o más candidatos.

Vencido el plazo para la presentación de tachas, sin que estas se hayan formulado o si fueran desestimadas mediante resolución firme, el JEE inscribe la fórmula y la lista de candidatos y dispone su publicación de acuerdo con lo señalado.

Retitos y renuncias se pueden dar hasta el 3 de agosto

Los retiros y renuncias de candidatos inscritos podrán realizarse solo hasta el próximo 3 de agosto, de acuerdo con la normativa vigente para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022), recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El abogado de la Secretaría General del organismo electoral, Jorge Valdivia Javier, explicó que el retiro de un candidato de la fórmula o de la lista inscrita debe ser realizado por la organización política, a través de su personero legal, ante el respectivo Jurado Electoral Especial (JEE).

Refirió que para realizar el trámite se debe adjuntar los documentos que acrediten tal decisión, con respeto al debido proceso y de acuerdo con el estatuto o norma electoral interna de la agrupación política.

La renuncia, en tanto, la efectúa el propio candidato de manera personal y por escrito, ante el JEE correspondiente, en la que el secretario jurisdiccional certifica la firma del renunciante. También puede efectuarlo de manera virtual, para lo cual debe contar con firma digital.

“Dicho escrito deberá estar acompañado de la respectiva tasa electoral, asimismo, el postulante que presente su renuncia está obligado a solicitar la generación de su casilla electrónica”, expresó en entrevista con el canal institucional JNE TV.

El especialista detalló que no es posible que la organización política reemplace a los postulantes que se retiren, renuncien o sean excluidos, ya que ello solo pudo efectuarse hasta el último 14 de junio, fecha límite para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos.

Diario El Regional de Piura

 

Publicidad Aral1

Paypal1