ERP. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la conformación de 93 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para organizar y ejecutar las Elecciones Regionales y Municipales 2022, según Resolución Jefatural N.° 001721-2022-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano.
La conformación se da en cumplimiento al artículo 39 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, que fija que el jefe de la ONPE establece el número, la ubicación y la organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE).
El número de oficinas fue propuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto del organismo electoral, sustentándose en criterios técnicos de continuidad espacial, contigüidad, vecindad y accesibilidad geográfica.
Las ODPE son los órganos descentralizados y de carácter temporal que se conforman para cada proceso electoral, a fin de dirigir, coordinar y ejecutar las actividades electorales de una determinada elección.
Entre sus funciones figuran el sorteo, publicación y entrega de credenciales a los miembros de mesa, los trámites de excusa y justificaciones y capacitación de los actores electorales. Asimismo, determina la ubicación de los locales de votación y distribuye las mesas de sufragio en su jurisdicción y el material electoral en todos los locales de votación.
También brinda información sobre el proceso electoral en su localidad, ejecuta disposiciones para el mantenimiento del orden y protección de la libertad personal durante los comicios, instala las cámaras secretas y verifica su seguridad.
Igualmente, realiza el cómputo de actas y entrega de resultados a los Jurados Electorales Especiales (JEE) en su respectiva jurisdicción.
Por Decreto Supremo N.° 001-2022-PCM se convocó a Elecciones Regionales y Municipales a desarrollarse el 2 de octubre de 2022 para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, y a su vez, para la elección de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República.