ERP. El Osiptel impuso y confirmó una serie de multas que suman 977.4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) contra las cuatro principales operadoras móviles del país: Movistar, Claro, Bitel y Entel.
En el caso de Telefónica, se le impuso una multa de 120 UIT (S/ 516,000) por remitir información inexacta con respecto a sus tarifas. Según el regulador, la información remitida por la compañía no era acorde con la publicada en el Sistema de Consultas de Tarifas (SIRT).
Sobre Entel y Bitel, el Osiptel declaró infundados sus recursos de apelación sobre casos de 2019, y confirmó cuatro multas, en el primer caso, y cinco sanciones para la operadora vietnamita.
Contra Entel se confirmó una multa de 120.8 UIT (S/ 507,360) por no acreditar la verificación de identidad a través de huella biométrica en una línea móvil.
También una sanción de 151 UIT (S/ 634,200) por no pedir el DNI, previo a la contratación y activación de 31 líneas móviles, además de no validar datos en tres otras líneas.
Una tercera sanción de 150 UIT (S/ 630,000) por remitir información fuera de plazo con respecto a 65 líneas móviles. Y una última por el mismo monto (150 UIT), por remitir información inexacta sobre 65 líneas móviles.
En el caso de Bitel, se confirmaron cinco multas, tres por 51 UIT y dos por 40.8 UIT, que suman S/ 985,320.
El motivo fue no cumplir con el valor objetivo del indicador Tasa de Intentos No Establecidos (TINE) durante el tercer trimestre de 2016 en Apurímac, Ayacucho, Loreto, Madre de Dios y Ucayali.
Por último, el Osiptel declaró ufndado en parte el recurso de apelación de Claro sobre una sanción recibida el año pasado. Se le redujo la multa desde 102 UIT a 51 UIT (S/ 214,200).
El concepto de esta sanción fue brindar información inexacta acerca de 348 líneas móviles con relación al primer apagón telefónico realizado en el año 2016.