ERP. El Congreso de la República culminó anoche con la aprobación de los seis proyectos que forman parte de la reforma política presentada por el Ejecutivo en el marco de la cuestión de confianza. Pese a las diferencias circunstanciales, los contenidos de los proyectos aprobados, fueron modificados por el Pleno y lo que corresponde sería enviado al Ejecutivo para su promulgación, en tanto que lo que implique modificación constitucional se esperará referéndum.
En este día, las tensiones eran tales e incluso el temor de la disolución rondó en el Parlamento. El presidente del Consejo de Ministros sustentó en fecha anterior la cuestión de confianza para la aprobación de los proyectos; incluso precisó que no se debería modificar la "esencia"; sin embargo, el Pleno del Congreso fue enfático en manifestar que de encontrarse aspectos que no los encontraban conforme se modificarían, como así fue.
El paquete de reformas se aprobó dentro del plazo establecido por el mismo Congreso al ampliar la legislatura parlamentaria hasta el 25 de julio. Estas son las reformas aprobadas en el Congreso:
Inscripción y cancelación de partidos
- Modifica la Ley de Partidos Políticos.
- Establece que para inscribir una organización política se requiere de un padrón de afiliados con no menos del 0.1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones.
- La cancelación de la inscripción de un partido se dará si no alcanza al menos 5 representantes en el Congreso en más de una circunscripción electoral y al menos el 5 % de los votos válidos a nivel nacional en las elecciones parlamentarias.
- Para las alianzas electorales el porcentaje de la valla se elevará en 1% por cada partido adicional
- Las alianzas electorales que haya obtenido representación o haya ganado la elección debe mantenerse durante el período correspondiente.
Democracia interna
- Modifica Ley de Organizaciones Políticas.
- Establece que la elección de los candidatos de los partidos políticos será a través de elecciones primarias, abiertas y obligatorias, con la participación de militantes y la ciudadanía.
- Los partidos políticos ya constituidos, de manera excepcional, podrán elegir a sus candidatos para el 2021 en elecciones internas cerradas y con sus militantes.
- Los candidatos a las elecciones primarias deben tener al menos seis meses de afiliación en el partido antes de las elecciones primarias.
- La ubicación de los candidatos en las listas será establecida por el órgano competente del partido respetando los principios de democracia interna.
Financiamiento a partidos políticos
- Introduce en el Código Penal el delito de financiamiento indebido de organizaciones políticas, el delito de falseamiento de información sobre aportaciones, ingresos y gastos y establece una lista de fuentes de financiamiento prohibidas.
- Castiga con penas de dos a cinco años de privación de la libertad al que solicite, reciba o entregue financiamiento de fuente prohibida de forma dolosa.
- Prohíbe también el financiamiento de las ONG a los partidos políticos, excepto para la capacitación de sus militantes.
Impedimento para ocupar cargo público
- Reforma la Constitución
- Incorpora el articulo 34-A- que establece el impedimento de postular a cargos de elección popular a quienes tienen sentencia condenatoria emitida en primera instancia por delito doloso.
- Establece también que los sentenciados por delito doloso ni podrán ser funcionarios.
Paridad y alternancia
- Propone una paridad en la lista de candidatos en forma progresiva. En las elecciones de 2021 las listas tendrán el 40% de mujeres y el 40% de hombres, en el 2026 la cuota será de 45% de hombres y mujeres y el 2031 alcanzará e 50% de hombres y 50% de mujeres.
- Las listas se conformarán con hombres y mujeres en forma alternada.
Inmunidad parlamentaria
- La inmunidad parlamentaria seguirá siendo una competencia del Congreso y establece un plazo de 45 días para revisarlo. Si no se cumple con el plazo, la Corte Suprema puede solicitar que sea resuelto por el Tribunal Constitucional (TC).
[AHORA] #Pleno debate los #PL 375, 433 y otros que proponen modificar la Ley Orgánica de Elecciones respecto al sistema electoral nacional. pic.twitter.com/iEXVrPmr1g
— Congreso del Perú (@congresoperu) July 25, 2019 justify;">El levantamiento de la inmunidad requiere del voto favorable de la mitad más uno del número de congresistas o de magistrados del TC, según sea el caso.- Se eliminó la inmunidad de arresto.