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Lun, Dic

Decomisan palo santo ilegal camuflado en cajas de plátanos en Morropón

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ERP. El trabajo conjunto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Agricultura y Riego y la Policía Nacional del Perú permitió frustrar el transporte y comercialización de 6,101.80 kilogramos de palo santo de procedencia ilegal, en la provincia de Morropón – Chulucanas, Piura.

La intervención se realizó a inmediaciones del puesto de control forestal del SERFOR del Km 65 del distrito de La Matana, de la mencionada provincia. El producto forestal estaba camuflado entre decenas cajas de plátanos orgánicos a bordo de un camión.

Durante el registro del vehículo, el conductor mostró las Guías de Transporte Forestal (GTP) que autorizaba el transporte de 2,500 kilos de palo santo proveniente de un permiso de aprovechamiento en la provincia de Ayabaca. Sin embargo, al constatar dicho volumen, encontraron 6,101.80 kilos más que el autorizado por el SERFOR.

Las autoridades corroboraron que en total el camión llevaba como carga 8,601.80 kilos de palo santo (en trozas de diferentes dimensiones).

Palo Santo Morropon 2

Frente a esta grave infracción a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la oficina del SERFOR en Piura procedió al decomiso del excedente del palo santo y a la inmovilización del camión, así como al inicio del procedimiento administrativo al conductor y al propietario del producto forestal que aparece en la GTF.

La sanción consiste en el pago de multas que oscilan entre 0,1 y 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), determinadas según los criterios de gradualidad.

Asimismo, el SERFOR reiteró que la normativa forestal y de fauna silvestre permite el aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como el establecimiento de lugares de acopio, depósitos o similares.

Palo Santo Morropon 1

Más información

El palo santo (Bursera graveolens) es un árbol que crece en los bosques secos de colina y montaña de Piura y está categorizado como en “Peligro crítico”, según el Decreto Supremo N° 043-2006-AG, que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre. Por ello, el Gobierno peruano prohíbe su tala y autoriza solo la recolección de árboles caídos o muertos (ramas y rastrojos) de manera natural.

Diario El Regional de Piura
 

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