26
Jue, Jun

En La Encantada intervienen tres ladrilleras que usaban leña de algarrobo ilegal

Otras provincias
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

ERP. Propietarios de dichos hornos artesanales no cuentan con autorización. En un operativo contra el uso ilegal de recursos forestales, el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), con el apoyo del Departamento de Medio Ambiente Piura de la Policía Nacional del Perú, intervino a tres ladrilleras que funcionan en el centro poblado La Encantada, en Chulucanas, y decomisó 560 unidades de leña de algarrobo.

La Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Piura, oficina del SERFOR, constató que el personal de las ladrilleras no mostraron la documentación que autoriza el almacenamiento o utilización del producto forestal, en este caso la leña de algarrobo, en el procesamiento de los ladrillos en hornos artesanales.

En consecuencia, procedieron a decomisar las 560 unidades de leña de algarrobo, que se encontraban en los tres establecimientos informales, de acuerdo a la la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.

Juan Otivo Meza, responsable de la ATFFS Piura, reiteró la necesidad de la participación del gobierno regional y municipalidades, en la promoción del uso de otras alternativas, como la madera de frutales o de descarte procedente de las zonas de selva y sierra, así como el uso de tecnología, que contribuya en el decrecimiento de la alta presión sobre el frágil ecosistema del bosque seco, así como minimizar la emisión de gases de efecto invernadero y de los riesgos en la salud humana.

En este sentido, mencionó que la tala y tráfico indiscriminado del algarrobo, es una de las causas por lo que esta especie forestal, símbolo de nuestros bosques secos, esté considera por el Estado peruano como ‘Vulnerable’, a través del Decreto Supremo N° 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre.

Más información

La Ley N° 29763 sanciona a quienes adquieran, transporten, comercialicen, posean, talen, extraigan o aprovechen recursos forestales o de fauna silvestre, sin la autorización de la autoridad competente, con el pago de una multa superior a los 40 mil 500 soles, lo que equivale a más de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

operativo ladrillera

 

Publicidad Aral1

Paypal1