ERP. La Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas de Piura, obtuvo se dicte 9 meses de prisión preventiva contra Luis Fernando Zambrano Zambrano (22) y Miguel Ángel Góngora Cheme (33), como presuntos autores de los delitos de Explotación Sexual en su forma agravada, en agravio de dos mujeres adultas, y respecto al último de los citados, también como presunto autor del delito de Agresiones contra la mujer e integrantes del grupo familiar en agravio de dos menores de edad.
Conforme a los actuados, los investigados han captado la voluntad de las agraviadas adultas, quienes eran sus parejas, para transportarlas hacía la ciudad de Piura con engaños de una vida mejor, lugar dónde mediante agresiones físicas, psicológicas y amenazas las han sometido a realizar actos de prostitución; así como uno de ellos ha agredido físicamente a las menores hijas de una de las mujeres.
Los hechos materia de investigación salieron a la luz a raíz de la denuncia presentada por las víctimas, de nacionalidad ecuatoriana, quienes narraron cómo las trajeron desde Ecuador y obligaron a prostituirse en un prostíbulo de la carretera Piura- Sullana.
Por lo que se realizó una intervención policial, el día 25 de junio del 2023, en el lugar de alojamiento indicado por las denunciantes donde se encontró en las habitaciones a ambos sujetos, pertenencias de las agraviadas y a las dos menores hijas de una de ellas, que habían sido agredidas físicamente por uno de los sujetos, procediendo personal policial con la detención de los mismos.
La Fiscal Adjunta Katterin Yireily Rios Nuñez presentó entre los principales elementos de convicción que vinculan a los investigados con el delito: el Acta de Intervención Policial, de Constatación, de Visualización de Equipos Móviles, de Entrevista de Cámara Gesell, el Certificado Médico Legal, Protocolos de Pericia Psicológicas, entre otros elementos de convicción.
Los investigados serán internados en el Establecimiento Penitenciario de Piura, desde donde afrontarán el proceso que se les sigue. Cabe mencionar que la pena prevista para estos casos es no menor de veinte (20) ni mayor de veinticinco (25) años de pena privativa de la libertad.