ERP. La Oficina Nacional de Procesos Electorales, se encuentra procesando las últimas actas para dar a conocer los resultados al 100%, según se observa en la página web de dicha Entidad. De acuerdo al procedimiento, son los Jurados Electorales Especiales de cada Jurisdicción, los que deben resolver las actas faltantes y con ello, proceder al siguiente paso que es suscribir el respectivo documento.
Observando el resultado de las Elecciones Regionales y Municipales, si bien es cierto que en el caso regional, es difícil que se modique el resultado obtenido, también es verdad que aún faltan incoroporar el cómputo de varias actas. En el caso de Piura, el cómputo regional se encuentra en el 99.629 %; la diferencia es probable que se complete en la presente semana; a nivel de elecciones provinciales, se ha culminado con el cómputo de Ayabaca, Huancabamba, Morropón, Sullana, y Talara.
En la región Piura, no se ha superado el 30% de los votos que se exige para el candidato ganador, por lo que irán a segunda vuelta electoral Reynaldo Hilbck Guzmán de Unidad Regional y Luis Neyra León del movimiento Contigo Región. Entre ellos, se dirimirá al futuro Gobernador y Vicegobernadora para los próximos 4 años.
En tanto, en los casos de la provincia de Paita, resta menos del 3%; Piura, menos del 6% y Sechura menos del 3%; aunque no modificarán el resultado del úlimo 2 de octubre, permitirá saber con exactitud cuántos votos obtuvieron las organizaciones políticas participantes.
Después de culminado el proceso de contabilización se deberá elaborar el “Acta de Proclamación de Resultados del Cómputo y de Autoridades Municipales Electas”, en la cual se designa como alcalde al ciudadano de la lista que obtenga la votación más alta y, a esta nómina, se le aplica llevar la mayoría o la cifra repartidora para determinar la cantidad de regidores que le corresponde. Las demás regidurías de las otras agrupaciones se distribuyen mediante este mismo método.
El citado documento deberá leerse en acto público, de preferencia virtual como medida de prevención sanitaria, y serán convocados los personeros legales de las organizaciones políticas participantes en la elección.
Entrega de credenciales
Luego de la lectura de la referida acta de proclamación, la misma podrá ser impugnada en un plazo de tres días hábiles, solo por cuestiones numéricas. De ocurrir ello, el Pleno del JNE deberá pronunciarse en última instancia al respecto. Con lo resuelto, el Jurado Electoral Especial será el encargado de entregar las respectivas credenciales, para las autoridades municipales; en el caso de las Elecciones Regionales, se deberá esperar el resultado de la segunda vuelta electoral.