ERP. A partir de la quincena de diciembre vencerán los plazos para cumplir con el pago de las obligaciones tributarias de setiembre y octubre para los contribuyentes con domicilio fiscal en los distritos del departamento de Piura que fueron declarados en estado de emergencia por el sismo del pasado 30 de julio, precisó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
Los contribuyentes que se benefician con esta medida son los que, a la fecha del sismo, se encontraban domiciliados en los distritos de las provincias de Piura, Paita y Sullana; así como en distritos de las provincias de Morropón (Chulucanas, Buenos Aires, Chalaco, La Matanza, Morropón y Salitral); Talara (Pariñas y Los Órganos); Sechura (Sechura, Cristo Nos Valga, Vice y Rinconada Llicuar); y Ayabaca (Frías).
La extensión del pago de las obligaciones tributarias fue establecida con el Decreto Supremo Nº 146-2021 PCM, dictado por el Poder Ejecutivo para declarar el Estado de Emergencia.
El cronograma de vencimiento para las obligaciones tributarias de los periodos de setiembre y octubre, según el último número del RUC, es el siguiente: 15 de diciembre para los que acaban en “0”, 16 de diciembre para los que terminan en “1”, y “17” de diciembre para los que finalizan en “2” y “3”.
Asimismo, los que tienen como último número de RUC el “4” y “5” podrán pagar hasta el 20 de diciembre; mientras que los que tienen el “6” y “7” tendrán como plazo de vencimiento el 21 de diciembre, y el “8” y “9” el 22 de diciembre.
En tanto, hasta el 23 de diciembre podrán hacerlo los buenos contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público.
La Intendencia Regional Piura de la SUNAT a puesto a disposición de todos los contribuyentes sus canales de atención tanto presenciales como virtuales, implementados para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en los plazos establecidos, porque así se contribuye con la reactivación de las actividades económicas en la zona norte del país.