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Mar, May

Piura: inician procedimiento administrativo sancionador contra propietaria de colegio 'Americano'

Piura
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ERP. La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura (ORI Piura) inició un procedimiento administrativo sancionador a la Institución Educativa Particular (IEP) San Juan S.A.C. propietaria del colegio privado ‘Americano’, por infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, al no informar adecuadamente sobre el cierre del mencionado plantel.

De acuerdo a las indagaciones realizadas por la Secretaría Técnica de la ORI Piura, la IEP San Juan S.A.C., habría incumplido lo establecido en el inciso b. del literal 1.1 del artículo 1° y en los artículos 2°, 18° y 19° del Código, debido a que no habría informado de manera adecuada y oportuna a los padres de familia que el servicio educativo contratado para el año escolar 2019 se encontraba sujeto a la matrícula de un determinado número de alumnos.}

Ni bien conocido el cierre del referido establecimiento educativo, supervisores de esta sede regional realizaron una inspección en sus instalaciones, ubicadas en avenida Independencia Mz. H Lote 8 del distrito de Castilla, con el fin de conocer los motivos del cierre y especialmente verificar las acciones emprendidas con los escolares que sí llegaron a ser matriculados.

La entidad educativa ha informado que 29 alumnos han sido traslados a las instituciones educativas Exitu’s y Premiun, mientras que otros 46 tramitaron su traslado a diferentes centros escolares. La ORI Piura verifica las acciones emprendidas para que el proveedor respete el monto de matrícula, pensión y facilidades con el uso del uniforme y textos escolares que ya habían sido adquiridos. En tanto, 32 padres de familia solicitaron la devolución del dinero pagado.

Colegio Americano ubicado en urbanización Miraflores- CastillaColegio Americano ubicado en urbanización Miraflores- Castilla

Es importante precisar que el inicio de un PAS obedece a la existencia de indicios sobre la presunta infracción a las normas del Código, como se ha expresado y, de ninguna manera, constituye un prejuzgamiento sobre el resultado del procedimiento ni la responsabilidad del proveedor.

La institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente, en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”.

Diario El Regional de Piura
 

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