ERP. El cobro de la devolución podrá efectuarse a partir del jueves 26 de abril, con solo presentar su DNI. La Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625 aprobó la decimocuarta lista de beneficiarios compuesta por 38,674 personas quienes quedaron expeditas para la devolución de sus aportes al Fonavi luego de verificarse su historial laboral.
Las personas que figuran en esta lista podrán cobrar sus aportes a partir del jueves 26 de abril de 2018 en cualquiera de las ventanillas del Banco de la Nación, a nivel nacional, con solo presentar su DNI.
Para ese efecto, la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc transfirió al Banco de la Nación S/ 25’955,951.93.
Para saber si están en la lista decimocuarta, los exfonavistas deben consultar las páginas webs de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc creada por Ley Nº 29625: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe a partir del lunes 23 de abril de 2018.
También pueden llamar al teléfono 317-8888, en el horario de lunes a viernes de 8:00 am. a 6:00 pm.
La Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc recomienda a los exaportantes revisar previamente si su nombre aparece en la lista antes de acercarse a las ventanillas a solicitar su dinero.
Con este decimocuarto grupo ya son 903,592 los exfonavistas integrantes del padrón nacional a quienes se aprobó la respectiva devolución, y el monto desembolsado suma S/ 1,191,310,676.41 (mil ciento noventa y un millones, trescientos diez mil, seiscientos setenta y seis soles con cuarenta y un décimos)
Trámite gratuito.
El proceso de devolución es totalmente gratuito. Por ello, la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc invoca a los exaportantes a informarse sobre el proceso a través de las webs www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe y de la línea telefónica 317-8888 para no ser sorprendidos con información falsa o cobros ilegales.
Al interior del país, pueden acudir a cualquiera de las 14 plataformas de atención cuya dirección puede verse en la página web.
Listas anteriores
La Secretaría Técnica recuerda a los familiares de los fonavistas beneficiarios fallecidos comprendidos en los grupos de pago aprobados hasta el momento, que pueden cobrar de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 074-2017-EF que simplifica el proceso de devolución de aportes. De esta manera, solo deberán solicitar el respectivo formulario en el Banco de la Nación.
Finalmente, las personas que aparecen en cualquiera de las 13 listas anteriores y no han cobrado, pueden acercarse a solicitar sus aportes en el Banco de la Nación.