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Existen 4 causales para solicitar una nulidad precisa especialista

Política
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ERP. La especialista del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Amelia Hernández, informó que los pedidos de nulidad se presentan en primera instancia ante los Jurados Electorales Especiales (JEE) y tienen como base legal la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), que en su artículo 363 establece cuatro causales.

Tres de ellas, dijo, se presentan en la misma mesa de sufragio. Estas son: si la mesa se instaló en un lugar distinto del señalado o en condiciones diferentes de las establecidas por ley, o después de las 12:00 horas, siempre que tales hechos hayan carecido de justificación o impedido el libre ejercicio del derecho de sufragio.

Asimismo, si los miembros de mesa ejercieron violencia o intimidación sobre los electores para inclinar la votación en favor de una lista de candidatos o de determinado candidato. Una tercera causal, se refiere la comprobación de que en la mesa de sufragio se admitió votos de ciudadanos que no figuraban en la lista de la mesa o si se rechazó votos de ciudadanos que figuraban en ella, en número suficiente para hacer variar el resultado de la elección.

En ese contexto, Hernández indicó que, mediante Resolución N° 0086-2018-JNE, se estableció que los pedidos de nulidad por estas tres causales se deben dar necesariamente durante la jornada electoral y ante la propia mesa de sufragio y serán planteados por los personeros de mesa, además de quedar registrado en el acta electoral respectiva.

De acuerdo con la LOE, explicó, hay otra causal que es externa a la mesa de sufragio y que también tiene tres días de plazo para ser presentada: cuando haya mediado fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación en favor de una lista de candidatos o de determinado candidato.

Recordó, además, que la presentación de tales escritos tienen también un plazo de tres días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de la elección, y deben estar fundamentados, suscritos por el personero legal y acompañados del debido comprobante de pago de la tasa correspondiente.

Al respecto, la especialista comentó que no es muy usual que abunden estos pedidos de nulidad porque sus causales suelen ser de grave connotación y debe haber una prueba contundente que las sustente.

Por otro lado, Hernández recordó que ya no se pueden interponer nuevos recursos de nulidad sobre la segunda elección presidencial y solo queda esperar que se resuelvan los que están tramitados para proceder con la última etapa del proceso electoral.

Señaló que el plazo y los horarios para presentar las solicitudes de nulidades “ya está aclarado y zanjado” y es de conocimiento de las organizaciones políticas.

“El cronograma electoral no puede ser variado, tiene etapas preclusivas, es decir se van cumpliendo y se van cerrando. Tenemos que ser respetuosos del cumplimiento de las fechas para darle transparencia y celeridad a los procesos electorales”, subrayó.

Hasta el 19 de junio, agregó, el 95 por ciento de los 1 088 pedidos de nulidad registrados fueron resueltos por los respectivos JEE. De ellos, 281 han ingresado a al JEE, primera instancia, dentro del plazo legal.

Diario El Regional de Piura
 

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