ERP. El juez Víctor Zuñiga Urday, a cargo del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró infundada la solicitud del Ministerio Público para declarar prisión preventiva contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular y dispuso apercibimiento para no reunirse con personas vinculadas al caso penal que se le sigue.
El fiscal José Domingo Pérez había pedido que se revoque la orden de comparecencia con restricciones que se dictó contra Keiko Fujimori y se imponga prisión preventiva, al considerar que la política había incumplido con las reglas de conducta que la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional le impuso.
De acuerdo con el Ministerio Público, Keiko Fujimori tenía prohibido comunicarse con coimputados, testigos y personas vinculadas al proceso que se le sigue por los aportes a las campañas electorales de su partido en 2011 y 2016. Indicó que ello ha sido vulnerado cuando la lideresa de Fuerza Popular apareció en público con el excongresista y abogado Miguel Ángel Torres en dos ocasiones, ante la prensa.
En su decisión, el magistrado Víctor Zuñiga requirió a Keiko Fujimori el acatamiento estricto de todas las medidas restrictivas establecidas por la Segunda Sala Penal en abril de 2020 y advirtió que, "de no hacerlo, se dictará nuevamente prisión preventiva en su contra previo requerimiento del Ministerio Público".
La lideresa de Fuerza Popular es acusada por la Fiscalía por la presunta comisión de los delitos de lavado de activos y otros delitos por presuntamente haber recibido aportes de Odebrecht el 2011 y 2016.