ERP Cerca de 500 mil contribuyentes han cumplido con presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 antes del inicio del cronograma final de vencimientos que empieza hoy con aquellos cuyo último dígito de RUC es el cero (“0”), y que concluirá el próximo 12 de abril, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).
De la cantidad de declaraciones presentadas, el 62%, es decir, más de 300 mil, involucra a Rentas de Trabajo de Personas Naturales quienes han cumplido con presentar la declaración utilizando el Formulario Virtual N° 709, disponible en el portal institucional (www.sunat.gob.pe) o mediante un smartphone con el APP Personas.
En el caso de empresas se tienen registradas casi 200 mil declaraciones presentadas utilizando el Formulario Virtual N° 710 disponible en la plataforma SUNAT Operaciones en Línea, a la que se puede ingresar con su Clave SOL y Código de Usuario. Se estima que deben presentar la declaración anual unas 700 mil, pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta).
Para mayores facilidades al presentar la declaración, estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual N° 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.
En el caso de las personas naturales, cumplir con esa obligación es sencillo y puede realizarse, en minutos, mediante el APP Personas o SUNAT Operaciones en Línea, sin necesidad de acudir a un centro de servicios al contribuyente. Asimismo, presentar la declaración no necesariamente implicar pagar un impuesto, porque el contribuyente puede tener saldo a favor, y recibir una devolución, o puede optar por aplazar o fraccionar la deuda tributaria, según sea el caso.
Devoluciones
En el caso de las personas naturales, se estima que de las 600 mil personas que deben presentar su declaración, 250 mil tienen una devolución por cobrar. A la fecha ya se han presentado unas 120 mil solicitudes de las cuales se han atendido 80 mil
(106 millones de soles devueltos), en un plazo menor a los 45 días hábiles establecidos legalmente.
Las devoluciones se pueden realizar mediante un depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su Código de Cuenta Interbancario, si no lo hizo lo puede hacer por Internet), orden de pago financiera o cheque.
Fraccionamiento
En caso lo necesiten, las personas y empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de SUNAT.
A la fecha se han recibido solicitudes de fraccionamiento por más de S/ 20 millones, principalmente de Personas Naturales.
Cabe indicar que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000).
Para obtener más información, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/