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Jue, Nov

Jurado Nacional de Elecciones posterga por 4 meses revocatoria de autoridades regionales y municipales

Política
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ERP. Después de la pandemia, es probable que se inicien procesos para sacar a las autoridades elegidas. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) postergó por cuatro meses el proceso de consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales, que estaba previsto para el 13 de junio de 2021, debido a su proximidad con las Elecciones Generales del próximo año.

En consecuencia, dicha consulta popular se realizará ahora el 10 de octubre del año venidero, de acuerdo con la Resolución N° 0166-2020-JNE emitida por el supremo tribunal electoral.

El Pleno del JNE consideró pertinente la postergación del proceso de revocatoria debido a que su cronograma iba a superponerse con el de las Elecciones Generales, de tal forma que su realización iba a ser cercana tanto a la fecha de estos comicios (11 de abril de 2021) como a la fecha de una eventual segunda vuelta presidencial (junio de 2021).

Acto de sufragio1Amplían plazo para revocatoria de autoridades regionales y municipales

En concordancia con la decisión de fijar una nueva fecha para la consulta, el organismo electoral también postergó por cuatro meses, es decir hasta octubre de este año, el inicio de la adquisición de los kits electorales con fines de revocatoria. Inicialmente, estaba previsto para este mes.

El supremo tribunal electoral señala que esta decisión se ajusta al artículo 45 de la Ley N.° 26300, Ley de los derechos de participación y control ciudadanos, que prevé la posibilidad de que la autoridad electoral postergue la convocatoria a ese proceso ante la proximidad de elecciones generales, regionales o municipales, caso en el que podrá realizarse simultáneamente o dentro de los siguientes cuatro meses.

Ampliación de proceso de revocatoria de autoridades elegidasAmpliación de proceso de revocatoria de autoridades elegidas

Indica que, además, se tomó en cuenta la situación por la pandemia del COVID-19 y el estado de emergencia nacional que imposibilitan las actividades presenciales referidas a la captación de adherentes a fin de que los promotores logren el número equivalente al 25 por ciento de electores de la circunscripción, que la ley exige para que la solicitud de revocatoria sea admitida.

La resolución fue emitida en una sesión privada del Pleno del JNE, con participación de los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Diario El Regional de Piura
 

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