ERP. El Gobierno aprobó hoy la Fase 2 de la reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de emergencia sanitaria nacional por las graves circunstancias que afectan la vida del país a consecuencia del covid-19.
Mediante Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, publicado la edición extraordinaria de las normas legales del diario oficial El Peruano, se indica que la implementación de la Fase 2 de la reactivación económica inicia a partir de la vigencia del presente decreto supremo.
Asimismo, se faculta al Ministerio de la Producción (Produce) para que durante la Fase 2 disponga el inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional, previa coordinación con los gobiernos locales y los sectores Interior, Defensa y Salud.
Dicha reanudación de actividades será a puerta cerrada, pero podrán vender sus productos y prestar sus servicios a través de comercio electrónico, pudiendo entregar sus productos a domicilio con logística propia o a través de terceros.
No obstante, se exceptúan del inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.
Para tal efecto las empresas, entidades, personas jurídicas o naturales que realizan sus actividades a través de conglomerados productivos y/o comerciales, deben cumplir con los protocolos y normas aprobados por la Autoridad Sanitaria Nacional.
A continuación les indicamos cuáles son dichas actividades por sector:
Agricultura:
1. Títulos habilitantes y actos administrativos.
2. Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental.
3. Titulación de la propiedad agraria y catastro rural Implementación de planes de negocio.
Minería
4. Exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos:
Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamento(s) minero(s) y/o acondicionar componente(s) auxiliar(es) y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores.
Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente.
Manufactura
5. Elaboración de alimentos preparados para animales
6. Elaboración de bebidas maltedas y de malta
7. Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.
8. Elaboración de vimps.
9. Elaboración de productos de tabaco.
10. Fabricación de calzado.
11. Actividades de impresión.
12. Actividades de servicios relacionadas con la impresión.
13. Reparación de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores.
14. Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos.
15. Reparación y mantenimiento de otros equipos n.c.p.
Construcción
16. Proyectos de inversión pública, proyectos de inversión privada, Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos, IOARR y el PIRCC.
Comercio
17. Venta de vehículos automotores
18. Mantenimiento y reparación de vehículos automotores
19. Ventas de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores
20. Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios
21. Venta al por menor de equipo de deporte en comercios especializados
22. Venta al por mayor de otros enseres domésticos.
23. Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos.
Servicios
24. Actividades jurídicas
25. Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos.
26. Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades.
27. Actividades veterinarias.
28. Hospedaje (apart hotel)
29. Actividades de seguridad privada .
30. Actividades de servicio de sistemas de seguridad.
31. Actividades de investigación.
32. Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
33. Alquiler y arrendamiento operativo de otro tipo de maquinarias, equipos y bienes tangigles.
34. Actividades de telecomunicaciones alámbricas
35. Actividades de telecomunicaciones inalámbricas
36. Actividades de telecomunicaciones por satélite
37. Otras actividades de telecomunicación
38. Otras actividades de servicios de apoyo a la empresas n.c.p.
39. Actividades postales.
40. Actividades de mensajería.
41. Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático
42. Otras actividades de apoyo al transporte
43. Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
44. Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores.
45 Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril
46. Construcción de proyectos de servicio público
47. Construcción de otras obras de ingeniería civil
48. Otras instalaciones para obras de construcción.
49. Captación, tratamiento y distribución de agua.
50. Evacuación de aguas residuales.
51. Servicios de transporte de pasajeros por carretera interprovincial: los servicios de transporte interprovincial privado para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería.
52. Servicios ofrecidos por los Centros de Inspección Técnica Vehicular, las Entidades Certificadoras para emitir Certificados de Conformidad de Vehículos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, las Certificadoras y Talleres de Conversión de GNV y las Certificadoras y Talleres de Conversión de GLP, y las entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje.