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Dom, Dic

Gobierno aprueba Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de Alimentación Saludable

Política
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ERP. El Gobierno publicó este sábado la modificación del Reglamento de la Ley N° 30021 de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes, norma que establece el uso del etiquetado frontal en todos los productos procesados y ultra-procesados que son alto en azúcar, alto en sodio, alto en grasas saturadas y que contienen grasas trans.

Mediante Decreto Supremo N° 015-2019- SA, publicado en el diario oficial El Peruano, con el fin de que toda la población se encuentre informada de los productos que son alto en azúcar, alto en sodio, alto en grasas saturadas y si contiene grasas trans, comprendiendo incluso a los productos pre existentes a la vigencia de la norma, se dispone que se pueda contar con los octógonos mediante adhesivos, para cumplir con la finalidad de que todo ciudadano se encuentre informado y decida saludablemente que consumir.

Además, se precisa que en la fabricación de todos los nuevos envases retornables se consigne de manera obligatoria el etiquetado octogonal, a partir del 17 de junio del presente año.

Del mismo modo, se establece el cumplimiento obligatorio del Manual de Advertencias Publicitarias (octógonos) en las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica regular, por lo cual no existirán productos con octógonos en los colegios, protegiendo la alimentación de nuestros niños, niñas y adolescentes. Cabe precisar que el Minsa aprobó, el 28 de febrero, los Lineamientos para la Promoción y protección de Alimentación Saludable en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas de Educación Básica (RM Nro.195 2019 Minsa).

minsa prepara

El Decreto Supremo señala la emisión de disposiciones complementarias para el cumplimiento del manual por las micro y pequeñas empresas. Asimismo, los alimentos para regímenes especiales al estar destinados a una población en particular que requiere de un aporte nutricional diferente (completo o complementario) deben ser excluidos del Manual, siempre que no tenga adición de azúcar como para el caso de alimentos infantiles picados y colados para mayores a dos años.

Otro punto importante es que se ha incorporado el uso de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), para declarar los octógonos en el registro sanitario de los alimentos de consumo humano lo cual permitirá advertir el uso de éstos a los productores y comerciantes. Esto permitirá realizar una fiscalización nutricional por parte del Ministerio de Salud.

Cabe mencionar que el Ministerio de Salud tiene como objetivo salvaguardar la salud de los peruanos fomentando una alimentación saludable, tarea fundamental para el desarrollo, crecimiento y bienestar de la niñez y la adolescencia en el país.

Diario El Regional de Piura
 

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