ERP. La Fiscalía y la Contraloría General de la República investigarán al Vice Gobernador de Piura, Alfredo Neyra Alemán, por haber presuntamente infringido el principio de Neutralidad favoreciendo a su esposa, María Távara Polo, candidata a la alcaldía de Sullana, informó el Jurado Nacional de Elecciones.
Según señala la Resolución N° 01277-2018-JEE-SULL/JNE, el 13 de setiembre de 2018 la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE remite el oficio N° 00205-2018-CG/GPRE adjuntando copias de la alerta ciudadana electoral presentada ante la Contraloría General de la República, dicha alerta fue presentada el 15 de agosto de 2018 en el marco del programa “Postula con la Tuya”.
A través del referido oficio el Gerente de Prevención de la Contraloría General del República, Carlos Vargas Mas, pone en conocimiento mediante material fotográfico, la participación del actual Vicegobernador Alfredo Neyra Alemán, junto a su esposa María Távara Polo, candidata a la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Sullana, en un evento proselitista a favor de la organización política Restauración Nacional.
Ante esto, y en cumplimiento de sus funciones, el 13 de setiembre de 2018 el Fiscalizador Electoral Descentralizado se desplazó a la oficina de la Subprefectura en Sullana con la finalidad de obtener mayor información sobre el caso expuesto, entrevistándose con el sub Prefecto, José Ojeda Izaguirre, quien informó que la candidata por la organización política Restauración Nacional, María Távara Polo, solicitó permiso para realizar una actividad de carácter político el día sábado 8 de setiembre de 2018; asimismo, informa que no existe alguna solicitud de permiso anterior a esa fecha para realizar pasacalles en la provincia de Sullana.
“Del análisis del material fotográfico adjuntado como medio de prueba en la denuncia se observa a Alfredo Neyra Alemán, actual Vicegobernador de la Región Piura junto a su esposa María Távara Polo, candidata a la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Sullana, en un evento proselitista a favor de la Organización Política Restauración Nacional”, señala el documento.
Además indica que la Coordinadora de Fiscalización procedió a verificar la información, en las cuentas de la red social de Facebook de los ciudadanos:
Alfredo Neyra Alemán y María Távara Polo.
Según esta resolución, “aunque el Informe N° 0188-2018-NOAP-CF-JEE-SULLANA/JNE-ERM-2018, emitido por la Coordinadora de Fiscalización del Jurado Electoral Especial de Sullana precisa que no se pudo encontrar la imagen presentada como prueba instrumental que se adjunta en el Oficio N.º 00205-2018-CG/GPRE; sin embargo, en la captura de pantalla de las actividades proselitistas en la cuenta facebook de Alfredo Neyra Alemán, se aprecia a la referida autoridad regional compartiendo una nota de fecha 9 de setiembre de 2018 en la cual se aprecia la fotografía de su esposa en un evento proselitista con el título: “María Távara recibe multitudinaria acogida durante mitin en Av. Buenos Aires” (cuya ubicación corresponde al distrito de Sullana); así como una imagen haciendo propaganda política con la frase “Cuidado vecinas y vecinos, se corre peligro que las cisternas con pota vuelvan a canal vía’, siendo el caso que el canal vía pertenece a la ciudad de Sullana”.
Asimismo, según este informe, recibido el 14 de setiembre de 2018, emitido por la Coordinadora de Fiscalización del Jurado Electoral Especial de Sullana, Alfredo Neyra Alemán habría vulnerado el principio de neutralidad estipulado en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en periodo electoral que consigna que, “está prohibido a toda autoridad política o pública practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinado partido (organización política) o candidato”.
Con esta evidencia, el colegiado del Jurado Electoral Especial (JEE) de Sullana resolvió, “Disponer la remisión de los actuados correspondientes al ciudadano Alfredo Neyra Alemán al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República, y al Gobierno Regional de Piura para que actúen conforme a sus atribuciones de conformidad con lo estipulado en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad de periodo electoral".
Dato
Además, la Ley del Código de Ética de la Función Pública señala que todo funcionario público debe actuar con imparcialidad política, económica demostrando independencia en sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones.