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Dom, Nov

El Nuevo Código Procesal Penal a dos años de vigencia en Ancash

Edhin Campos Barranzuela
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ERP/E.Campos. El pasado primero de junio del 2012, entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal, en cuatro Distritos Judiciales: Santa, Huánuco, Cerro de Pasco y en nuestro distrito Judicial de Ancash y así se sumaron 23 los distritos judiciales, que ya cuenta con una novísima herramienta jurídica procesal penal y, que les permitirá luchar en forma denodada contra la corrupción generalizada, el sicariato, los marcas, la delincuencia juvenil y el crimen organizado.

El NCPP, cumplirá este primero de junio, dos años de vigencia y según la información difundida por el Poder Judicial, a propósito su puesta en vigencia, en estos últimos siete años, nuestro país emprendió un camino de reforma, destinado a modernizar el Sistema de Administración de Justicia Penal, siguiendo la corriente de cambios que se venía efectuando en toda América Latina; ésta reforma empieza con la promulgación del Decreto Legislativo N° 957, publicado el 29 de julio de 2004, mediante el cual se dispone la entrada en vigencia de un nuevo texto normativo denominado "Código Procesal Penal", el cual está enmarcado en un sistema acusatorio — adversarial basado en la oralidad.

Su proceso de implementación ha implicado un continuo monitoreo y evaluación sobre su funcionamiento y los resultados que se vienen obteniendo, a fin de identificar los aspectos a fortalecer y realizar los ajustes necesarios, con miras a que el proceso de implementación sea exitoso a nivel nacional.

La implementación del nuevo sistema procesal penal, realizada hasta la fecha en nuestro país, ha sido de manera integral en 23 Distritos Judicialesy estos son: Huaura, la Libertad, Moquegua, Tacna, Arequipa, Lambayeque, Piura, Sullana, Tumbes, Cusco, Puno, Madre de Dios, Cañete, Ica, Amazonas, Cajamarca, San Martín, Ancash, Santa, Cerro de Pasco y Huánuco, Loreto y Pucalpa, respectivamente.

Asimismo, porcentualmente se puede indicar que en el Perú, se ha realizado la implementación del 71% del total de sus Distritos Judiciales, quedando pendiente solo un 29% por implementar. Dado los avances positivos que venimos observando desde la aplicación gradual de este sistema procesal penal en nuestro país, resulta necesario seguir uniendo esfuerzos para cumplir con el reto de implementarse a nivel nacional, pues para el año 2015 y 2016, está aún previsto la entrada en vigencia en los ocho Distritos Judiciales como Junín, Ayacucho, Huancavelica, la Provincia Constitucional del Callao y en la gran Lima, etc. y que desde luego será la verdadera prueba de fuego de esta herramienta jurídica, de carácter penal acusatoria.

Actualmente en los Distritos Judiciales en donde entrará en vigencia el nuevo Código Procesal Penal, por mencionar a la capital de la República, existe mucha expectativa y los operadores jurídicos se vienen preparando con mucha dedicación y esmero, pues el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional y el Ministerio de Justicia, vienen realizando sus máximos esfuerzos, para que este nuevo modelo tenga el éxito esperado y sus integrantes se encuentren los más capacitados posibles, para enfrentar con éxito la presente reforma procesal penal.

Asimismo, porcentualmente se puede indicar que en el Perú, se ha realizado la implementación del 71% del total de sus Distritos Judiciales, quedando pendiente solo un 29% por implementar, que representa un tercio de los distritos judiciales. En tal sentido dado los avances positivos que venimos observando, desde la aplicación gradual de este sistema procesal penal en nuestro país, resulta necesario seguir uniendo esfuerzos para cumplir con el reto de implementarse a nivel nacional

Según la información procesada del Poder Judicial, al mes de Mayo del año 2011, del total de los Distritos Judiciales implementados de manera integral al año 2010, se observa que del número promedio de audiencias programadas, las cuales ascienden a 199,167; se han realizado 143,606 audiencias, lo que representa un 72.1% en la efectividad de las audiencias; esto es, que cumplieron su cometido por las que fueron programadas y solamente 27.9% se frustraron.

De la misma forma se puede apreciar que en los Juzgados de Juzgamiento (Juzgados Penales Unipersonales y Colegiados), existe un total de 52,034 audiencias programadas, de las cuales un 70.6% se han realizado; mostrando así, que existe gran efectividad en la realización de las audiencias por parte de estos juzgados, los cuales tienen a su cargo la dirección del juicio oral en la etapa de Juzgamiento y en la salas de apelaciones, existe un total de 19,273 audiencias programadas, de las cuales un 89.9% se han realizado; mostrando así, que existe gran efectividad en la realización de las audiencias por parte de estos órganos jurisdiccionales, los cuales ejercen sus labores de segunda instancia en la impugnación de las resoluciones emitidas en primera instancia.

En tan sentido la base de la oralidad de las audiencias, en todos los órganos jurisdiccionales, es el hábitat natural del Juez y además el indicativo que la reforma procesal en el país viene dando resultados positivos y que somos ejemplo para los países de la sub región, que observan con beneplácito nuestro nuevo sistema acusatorio procesal penal, que tiene como firme propósito luchar contra la corrupción generalizada, la delincuencia juvenil, el sicariato, el marcaje y el crimen organizado.

Indudablemente, la mayoría de operadores jurídicos, llámese jueces, fiscales, abogados y policías respectivamente se encuentran un tanto preocupados por esta reforma judicial, pues se preguntan, que han cambiado los paradigmas procesales, y además si se ha cambiado de mentalidad, de la cultura litigiosa a la cultura de los acuerdos reparatorios o de oportunidad, y si existe ahora, mayor garantía en las audiencias previas y juicios públicos en los procesos penales en Huaraz y si toda esta reforma ha permitido disminuir los índices de la delincuencia que se vive en nuestro distrito judicial.

Indudablemente la puesta en marcha de esta nueva legislación procesal penal, permitirá que disminuya en forma gradual la incidencia del crimen organizado y la delincuencia juvenil y por ende mejore la calidad de vida del ciudadano común y corriente, pues los procesos penales son más cortos y con todas las garantías constitucionales del debido proceso, pues no hay que perder de vista que la actual situación penitenciaria ha conllevado que la mayor cantidad de procesados, tengan la condición jurídica de imputados, que de sentenciados.

Es importante, relievar, que en los Distritos Judiciales, en donde se encuentra vigente el NCPP, según las estadísticas difundidas por los órganos encargados de administrar justicia, el índice delincuencial ha disminuido ostensiblemente y la aprobación al sistema penal de justicia ha logrado el reconocimiento de la población, que siente que con este nuevo modelo procesal, existe una mejor garantía procesal, amén desde luego de la disminución que quejas y denuncias contra magistrados.

Recordemos que este nuevo sistema procesal penal, se caracteriza porque existe una clara división de funciones, por parte del Ministerio de la defensa y del Ministerio Público, reforzándose el principio acusatorio, a través de la oralidad, la contradicción, inmediación y la publicidad, además se refuerza el principio de imparcialidad judicial, el Juez de la Investigación Preparatoria o Unipersonal de Juzgamiento debe encargarse de resolver la causa judicial, sin tratar de sustituir a las partes.

Asimismo, el proceso inquisitivo que en breves meses caducará, traía consigo los procesos ordinarios y sumarios, este último constituía el noventa por ciento de las causas penales que atiborraban la función jurisdiccional y que a propósito era inconstitucional, ahora esta clase de procesos desaparecerá para dar paso al Proceso Penal Común, que está constituido por la epata preliminar, investigación preparatoria, la etapa intermedia y de juzgamiento.

Finalmente en nuestro Distrito Judicial de Ancash, que cumple dos años de vigencia el nuevo Código Procesal Penal, tenemos la oportunidad de implementarlo de manera eficaz y eficiente, pues de las experiencias que han tenido otros distritos judiciales, podemos rescatar sus experiencias positivas y equivocarnos menos y así hacer más predectible y predecible la impartición de justicia, pues al final del túnel, el verdadero protagonistas del proceso penal, el imputado, requiere de una justicia rápida, imparcial y transparente.

Dr. Edhín Campos Barranzuela

Presidente de la Corte Superior de justicia de Ancash, Magíster, Doctor en Derecho, Licenciado en Ciencias de la Comunicación Social, Ciencias de la Educación y Docente Universitario.

 

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