ERP. Tres listas presentadas ante el Jurado Electoral de Sullana, quedarían fuera de carrera de confirmarse la improcedencia de la instancia electoral. Se trata de las listas que corresponden a Wilder Teodoro Alayo Corro de Alianza para el Progreso y las dos de Acción Popular, una encabezada por don Rogelio Trelles Saavedra y la otra por don Víctor Manuel Delly Mendoza.
La improcedencia de Alayo Corro de Alianza para el Progreso es por errores insubsanables, referidas a los candidatos presentados e incluso en el Plan de Gobierno que presentó que no lo encuentran acorde a procedimiento. Asimismo indica que los candidatos: Wilmer Armando Córdova Calle (Regidor 2), Jorge Luis Enciso Torres (Regidor 8); y, Martha Ángela Valdiviezo Arámbulo (Regidor 9) no cumplirían con el requisito de domiciliar en la provincia de Talara, cuando menos dos años continuos.
Victor Delly, Rogelio Trelles y Wilder Alayo fuera de carrera
En el caso de Víctor Manuel Delly Mendoza, presentó la solicitud de inscripción de lista de candidatos, sin firma y sin sello del personero legal; a su vez, presenta escrito en donde solicita se haga efectiva la inscripción de su candidatura por encontrarse conforme al estatuto y directivas del partido político “Acción Popular”; por otro lado, advierte que la candidatura del ciudadano Rogelio Ralvis Trelles Saavedra carece de legitimidad por haber sido vacado en el cargo de alcalde el año 2013. Tras valorar la información se decidió declarar improcedente la solicitud.
Respecto a Rogelio Ralvis Trelles Saavedra, cuya lista fue presentada por el personero de Acción Popular, tuvo inconsistencias en la lista de candidatos a regidores presentados y en la cuota de jóvenes, lo que constituye un error insubsanable. “(…) sin embargo, la lista propuesta en el acta de elecciones internas (…) no cumple con la cuota de jóvenes exigida por Ley, toda vez que solo consigna a dos candidatos menores de 29 años, siendo el caso que el candidato Manuel Fernando Sullón Saldarriaga a la fecha límite para presentar las solicitudes para la inscripción de las candidaturas contaba con 29 años con 11 meses”.
Acción Popular y sus dos listas presentadas
La improcedencia puede ser recurrida ante el Jurado Nacional de Elecciones en vía de apelación; resuelto el caso es lo que se aplica. Si bien es cierto que pueden hacerlo Trelles por un lado y Delly Mendoza por el otro, ambos no podrían serlo y esa situación se tendrá en cuenta el máximo ente electoral para pronunciarse, lo más seguro es que se ratifique la improcedencia de ambas listas.
El dato
Hasta el momento, son 3 listas inscritas, una es la que lidera Rodolfo Sánchez Suyón de Modelo, la segunda es de José Alfredo Vitonera Infante del movimiento de Seguridad y Prosperidad y la tercera de Gustavo Márquez Pariente de Fuerza Popular.
Las demás organizaciones políticas que presentaron lista de candidatos se encuentran en la condición de inadmisibles, es decir con plazo para que puedan subsanar de no hacerlo a conformidad serán declaradas procedentes.