Pariñas/Talara (ERP). Obra de AH San Pedro se ejecuta sin supervisión. Los hombres del gerente en acción. Otra perla más de los funcionarios del Municipio de Talara. Lo cierto es que existe un dictamen del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) que cuestiona el proceso de selección AS-SM-3-2017-CS-MPT-1 para la contratación de un consultor para la supervisión de la ejecución de la obra: Mejoramiento de las Calles en el A.H. San Pedro Cono Norte, por un valor referencial de S/. 243 Mil 334, obra que se vendría ejecutando sin la supervisión que exige la legalidad.
El Comité de Selección conformado por el arquitecto Luigi George Figueroa Cadenillas (Presidente), economista Marco Antonio Saavedra Herrera (Primer Miembro) y abogado Marino Rogelio Tafur Castillo; los mismo que otorgaron la Buena Pro al postor Roger Florencio Morán Rivera, RUC N° 10181415792, con una oferta económica de S/. 243 Mil 334 alcanzando un puntaje técnico de 100 puntos.
Con fecha 03 de mayo, a horas 21:06, (9:06 PM), se publicó (pese a que OSCE advierte corregir la integración de Bases un día antes) el otorgamiento de la Buena Pro del proceso de selección AS-SM-3-2017-CS-MPT-1.
Cabe indicar que el OSCE, a través del Dictamen N° 484-2017/DGR/SPRI, informó el día 02 de mayo pasado al alcalde Bolo Bancayán, mediante Oficio Nº 900.2017/SPR-IML, que en dicho proceso de selección se encontraban deficiencias en el contenido del Pliego Absolutorio de consultas y observaciones, puesto que, la absolución de los cuestionamientos formulados por uno de los participantes, el Comité de Selección no precisó de manera clara y precisa, cómo iban a quedar integradas las bases respecto al Factor de Evaluación: Capacitaciones; aspectos que vulneraron lo previsto en el Artículo 51° del Reglamento, la Directiva Nº 23-2017-0SCE/CD y el Principio de Transparencia que rige las contrataciones públicas.
El OSCE ha considerado que, la Gerencia de Desarrollo Territorial MPT, en su calidad de dependencia usuaria, es responsable de la formulación del requerimiento, así como el Comité de Selección a cargo del citado procedimiento de selección es responsable de la elaboración de las bases de convocatoria, el pliego absolutorio y las Bases Integradas, de conformidad con la normativa de contrataciones publicas; y, en ese sentido, dichos órganos (GDT y Comité Especial) serán llamados a responder por su acciones ante el Titular, los Órganos conformantes del Sistema Nacional de Control y demás instancias que se avoquen al caso.
EL DATO...
El Acta de otorgamiento de la Buena Pro, señala como hora de sesión del Comité Especial, las 14:00 horas (2 PM); sin embargo, extraoficialmente se conoce que el Arquitecto Luigi George Figueroa Cadenillas, no habría estado presente en la Entidad Municipal en la hora señalada. De ser cierto esto, no se podría establecer que hubo el quorum respectivo para el otorgamiento de la Buena Pro.