ERP. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a través del expediente Nº J-2016-01413-T01 del 5 de diciembre del 2016, dispuso trasladar al Concejo Provincial de Talara la solicitud de vacancia presentada el pasado 1 de diciembre del año que pasó por la regidora Juana Cruz Infante Vegas contra el alcalde de la provincia, José Bolo Bancayán, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
En la parte resolutiva, el JNE requiere al gerente municipal de la comuna talareña, Luís Távara Cherre, o a quien haga sus veces, para que, dentro del plazo de 3 días hábiles notifique el auto conjuntamente con la solicitud de vacancia a todos los miembros del concejo municipal para después ser remitida al colegiado, teniendo el alcalde de esta provincia –de caso no hacerlo realizarlo el primer regidor o cualquier otro regidor- convocar a sesión extraordinaria en un plazo máximo de 5 días hábiles dentro del presente mes, para su debate y votación.
Cabe indicar que los miembros del Concejo Provincial de Talara y los funcionarios de la comuna, deben cumplir con tramitar el pedido conforme al procedimiento legalmente establecido, requiriendo el burgomaestre Bolo Bancayán, bajo responsabilidad, a los funcionarios, o áreas o unidades orgánicas involucradas, los informes o documentos que le permitan al concejo municipal tener la mayor cantidad de elementos probatorios al momento de resolver la solicitud de vacancia.