UGEL Talara debe sancionar y multar colegios que obliguen llevar y cobren cursos de verano

Talara
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Pariñas/Talara (ERP). También está prohibido condicionar las matrículas obligando a los padres que inscriban a sus hijos en las academias de nivelación, tal como sucede en varios colegios públicos y privados de Talara. La Ugel Talara tiene la obligación de fiscalizar, sancionar y multar a los colegios infractores.

Según la información encontrada en la web del Ministerio de Educación (Minedu) y de la Dirección Regional de Educación de Piura (DREP), no existe ninguna disposición para que los colegios particulares y estatales obliguen a los padres a inscribir a sus hijos en cursos de verano y academias de nivelación, por las cuales los padres tienen que pagar un costo económico; y más bien, de comprobarse la infracción, los colegios deben ser sancionados y multados por la Ugel Talara.

De acuerdo al Minedu, las UGEL, como la de Talara que dirige la docente Carmelita del Pilar Abad Meca, son las encargadas de fiscalizar y sancionar las malas prácticas. En ese sentido, el Minedu es claro al sostener que si los cursos se dictan en los colegios estatales, deben ser gratuitos y no obligatorios para los escolares.

“Los semestres de nivelación escolar son gratis y los directores son los que deben gestionar recursos para no afectar los bolsillos de los padres”, indica el Minedu.

Al respecto, la Dirección Regional de Educación de Piura, precisa que en el caso de los alumnos que requieren un reforzamiento para pasar de grado, la institución educativa organiza el curso en seis semanas y es autofinanciado por los padres de familia, y en caso de que los padres no puedan costear los gastos, los colegios están obligados a implementar un sistema de evaluación para que el alumno no se vea perjudicado y en el transcurso del año pueda ser promovido.

TENGA EN CUENTA…

En tanto, el Indecopi indica que los colegios particulares solo están autorizados para hacer tres cobros como son: cuota de ingreso de nuevos alumnos, matrícula (que no debe ser mayor a una pensión) y la pensión que debe cancelarse al finalizar el servicio brindado. Además, están prohibidos de hacer rifas u otras actividades de recaudación de fondos.

 

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