Serenos de Talara deben contar con un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Talara
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

Pariñas/Talara (ERP). Nueva norma, vigente desde el 8 de julio. Así lo ha indicado el presidente de la Asociación Provincial de Abogados de Talara, Roberto Farías Ruíz, quien señala que el pasado 7 de julio, en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano se publicó la Ley 30485, que incorpora a los agentes del serenazgo de todo el país en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

Según el representante de los abogados talareños, esta norma indica que los afiliados regulares y potestativos del régimen contributivo del Seguro Social que desarrollen actividades para el mantenimiento del orden público y de seguridad-serenazgo tienen esta cobertura adicional.

“La nueva ley precisa que el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo cubre prestaciones de salud en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, pudiendo contratarse libremente con el IPSS o con la EPS elegida”, precisó Farías Ruíz.

Igualmente, dijo, cubre el otorgamiento de pensiones de invalidez temporal o permanente y de sobrevivientes y gastos de sepelio, pudiendo contratarse libremente con la Oficina de Normalización Previsional (ONP) o con empresas de seguros debidamente acreditadas.

Finalmente, sostuvo que la norma está acorde con el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), norma mínima sobre seguridad social, ratificada por el Perú en 1961, y con el Acuerdo Nacional y la Ley de Modernización de la Seguridad Social.

 

Publicidad Aral1

Paypal1