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Jue, May

Trabajadores de contratista VOA, que presta servicios a SAPET, reclaman pago de julio

Talara
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ERP/A.Abad. Insólito la empresa contratista VOA les pagó agosto junto con la gratificación de Fiestas Patrias recién el 1 de setiembre, comprometiéndose a pagar el íntegro del mes de julio en los días siguientes; sin embargo, hasta le fecha lo hace. Tampoco habría depositado la CTS, una falta considerada grave para el Ministerio de Trabajo. Este miércoles el personal de planta ha realizado una paralización de sus labores como protesta por la falta de pagos. Empresa china Sapet tendría responsabilidad solidaria en este caso.

Los trabajadores de planta de la contratista VOA que brinda servicios a la principal china Sapet Development Perú SA, quienes pidieron que les reservemos su identidad por temor a ser despedidos, sostienen que están impagos y sostienen que la contratista aduce que la empresa principal no les pagaría a tiempo; motivo por el cual este miércoles realizaron una paralización de sus labores.

Narraron que se les debía los meses de julio, gratificación de Fiestas Patrias y agosto; y recién el 1 de setiembre esta empresa les canceló el mes de agosto más la gratificación, quedando pendiente el sueldo del mes de julio que hasta la fecha lo cancelan.

Los trabajadores impagos acotan que esta empresa VOA tiene al día a sus compañeros que laboran en el campo, en suabeo, por temor a que estos paralicen sus labores.

Lo cierto es que estos reclamos se reiteran a menudo en muchas empresas que operan en Talara, dejando la sensación de explotación laboral para lo cual se cuenta con el silencio cómplice de las empresas principales; por su parte, la Oficina Zonal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ni se inmuta.

PARA TENER EN CUENTA…

Según el abogado laboralista Roberto Farías Ruiz, frente a los trabajadores impagos las leyes peruanas desde hace varios años extendieron el concepto de la responsabilidad solidaria. En este régimen ahora se comprende a la empresa principal, contratista y además la subcontratista.

Manifiesta que la solidaridad en los servicios de tercerización alcanza al empresario principal, al contratista y al subcontratista, quienes son deudores solidarios frente al trabajador impago o a la entidad de previsión social. Agrega que así lo precisa el reglamento sobre tercerización, DS Nº 006-2008-TR.

“La norma, de esa manera, especifica que dicha extensión comprende también a los incumplimientos que se produzcan durante el período de desplazamiento y que el plazo de prescripción de la responsabilidad se inicia ocurrido el fin del desplazamiento”, explicó el laboralista Roberto Farías Ruiz.

 

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