ERP. Mediante Oficio la Autoridad Nacional Servir acorde a sus atribuciones, estará realizado una supervisión en el marco del artículo 13 del Decreto Legislativo Nro. 1023; por el presunto ilegal nombramiento de personal administrativo en la Dirección Regional de Salud de Piura, el cual a decir de los fundamentos de su acción no correspondería. La Directora Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos deberá entregar la documentación respectiva.
Según explica en el Oficio remitido a la DIRESA Piura se estará revisando el “(…) cumplimiento de las normas y políticas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y se recomienda a las entidades supervisadas la revisión de sus actos y decisiones adoptadas, y las medidas correctivas con la finalidad de fortalecer sus oficinas de recursos humanos, o las que hagan sus veces, en caso se detecten incumplimientos”.
Este presunto hecho ilegal e irregular a favor de varios servidores contratados de la Diresa Piura se había dado tras el proceso de nombramiento dispuesto en el 2019, bajo condiciones establecidas en la misma norma; sin embargo, el acto administrativo cuestionado se habría dado solo con contratos temporales los cuales no se encontrarían comprendidos.
El personal nombrado, cuyos expedientes serán revisados y de encontrarse vicios llevará a las medidas legales, posiblemente de nulidad del acto administrativo son:
1 Mariza del Pilar Castro Gaspar
2 Danny Augusto Manrique Odar
3 Delia Elenice Mauricio Martínez
4 Rosa Fanny Merino Palacios
5 Pedro Pablo López Li
6 César Augusto Sánchez Gómez
7 Verónica Valverde Peña
8 Víctor Andrés Velasco Cumbicus
9 Alfredo Vilchez Elías
10 Jimmy Enrique Meca Maza
11 Huber Yovera Castro
Servir realizará supervisión en Diresa Piura por nombramiento irregular de contratados
En tal sentido, la Diresa deberá realizar una debida sustentación de estos nombramientos, para tal efecto, se viene solicitando un informe en el que contenga el régimen laboral de cada uno de los servidores mencionados, precisando el cargo, la fecha de inicio del vínculo laboral, periodos de contratación y cualquier otra información relevante a su vínculo.
Además, se requiere copia del “Cuadro Final de Resultados” del Proceso de Nombramiento 2019 llevado a cabo por vuestra Entidad; copia de la resolución emitida que sustente el nombramiento de los indicados; informe en el que se detallen las razones por las cuales la entidad nombró a los servidores indicados, cuando estos no se encontrarían comprendidos en los alcances de los Lineamientos emitidos por Servir.