ERP. Las autoridades de la Universidad Nacional de Piura, indicaron que paralelamente al proceso penal que realice la Fiscalía Anticorrupción del Ministerio Público, en la instancia correspondiente conforme al Artículo 393° del Código Penal contra el profesor Walter Emilio Arteaga Arámbulo, por inconducta funcional (cobros indebidos).
En información proporcionada a este medio se indica que independientemente, la Universidad Nacional de Piura realiza un procedimiento administrativo sancionador que está a cargo del tribunal de Honor Universitario que preside el magíster Víctor Sandoval Cruz.
Las autoridades de la Universidad Nacional de Piura, señalaron, que los casos de inconducta de docentes denunciados por estudiantes dan a lugar a procedimientos administrativos internos conforme al Artículo 75 de la Ley Universitaria 30220 y el Artículo 219° del Estatuto que señalan que: “El Tribunal de Honor Universitario tiene como función emitir juicios de valor sobre toda cuestión ética, en la que estuviera involucrado algún miembro de la comunidad universitaria, y propone, según sea el caso, las sanciones correspondientes al Consejo Universitario”. Estos casos son sancionados conforme a la ley.
También, como medida de cautela de los procedimientos académicos se ha dispuesto el control de las evaluaciones digitalmente Regeva que evita que una vez consignadas las asistencias y evaluaciones de los estudiantes estos registros puedan ser manipulados. La medida, suspendida temporalmente, por los severos impactos del Niño Costero, se aplicará estrictamente el segundo ciclo 2017. Indicándose que las evaluaciones se registran luego de la evaluación, en plazos prudenciales, sancionándose la demora o incumplimiento de los docentes. De este modo se cautelan las evaluaciones y se economiza tiempo en procesamiento de actas.
De acuerdo a la gravedad de los casos denunciados con pruebas, el Tribunal de Honor Universitario procede a los procesos sancionatorios de los docentes y estudiantes involucrados. También puntualizaron que los estudiantes afectados o agraviados por estos casos de inconducta por parte de docentes pueden formular sus denuncias sustentadas ante las autoridades de su Facultad: Decano o Director de Departamento, así como a la Defensoría Universitaria conforme a la Ley Universitaria 30220.
También indicaron que con Proceso Administrativo Disciplinario se ha sancionado a los docentes: Teodoro Márquez Tacure, Tulio Vignolo Boggio, Manuel Seminario Urbina, José García Castillo, Luis Cabrera Prieto, César Pérez Rodríguez, Giovana Jara Padilla, Marina Fernández Miranda, Mariano Huamanchumo Valderrama este último sancionado con suspensión, sin goce de haber, durante seis meses. La relación también comprende a estudiantes.